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cientos sesenta
y
siete , ante las Pl!t' tas del Rea! Palacio , frente
del Balcon principal del Rey nuestro Señor,
y
en la Puerta de Gua–
dalaxara , <lande está el público Trato ,
y
Comercio de los Merca–
deres,
y
Oficiales; estando presentes Don Juan Estevan de Sala–
verri, Don Juan Antonio de Peñarredonda, Don Benito Antonio
oe Barreda , Don Pedro Ximenez de Mesa, Alcaldes de la Casa , y
Corte de S.M. se publicó la Real Pragmática Sancion antecedente,
con Trompetas y Timbales, por voz de Pregonero público, hallán–
.close presentes diferentes Alguaciles de dicha Real Casa,
y
Corte,
y
otras muchas personas , cle que certifico yo Don Francisco Lopez
Navamuel , Escribano de Camara del Rey nuestro ;Señor , cle
los
que en su Consejo re$iden. Don Francisco Lopez Navamuel.
Es Copia de. ta Reat Pragmática Sancion
;
y
su PubJicacion, de
que certifico.
XIV.
REAL CEDULA, P.ARA QUE EN LOS RETNOS DE LAS
Indias se cumpla
,
y
observe el Decreto que se inserta
,
relativo al
-
Estrañamiento
,
y
ocupacion de Temporalidades de los Religiosos de
la Compañia de J esus.
EL REY.
POR
quanto con Real Decreto- de veinte y siete de Marzo
pr6x1mo pasado , remití
á
mi Consejo de las Indias copia del que
con la misma fecha hé mandado expedir
á
mi Consejo Real , rela–
tivo
á
los·Religiosos de la Compañia. de Jesus , el qual
~s
del te–
nor siguiente.
Habiéndome conformado con el parecer de los de mi Consejo Real
en el Extraordinario que se celebra con motivo de las resultas de las
ocurrencias pasadas, e11 Consulra de veinte
y
nueve de Enero próximo,
y
de
h
que sobre· ello
,
conviniendtJ con el mismo diflfámen
,
me han
éxpuesto persona-s de? mas elevado caráfler
,
y
acreditada experiencia,
estimulado de gravísimas causas
,
relativas á la obligacion en que me
hállo constituído de mantener en subordinacion
,
tranquilidad ,
y
justicia
mis Pueblos,
y
otrns urgentes , justas
,
y
necesarias, que reservo en mi
R eal ánimo !!!!!ndo de
!~_suprema
autoridad económica , que el TodQ