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y

á

todo~

los Corregidores ,

é

Intendentes , Asistente , Goberna–

dore~ ,

Alcaldes mayores, y ordinarios , y otros qualesquier Jue–

ces , y Justicias de estos mis Reynos , así de Realengo, como Jos

de Señorío , Abadengo,

y

Ordenes, de qualquier esr:ido, conJi–

ci on , calidad

y

preeminencia que se:in , así á los que ahora son,

como

á

Jos que serán de aquí adelante, y

á

cada .uno, y qualquie–

ra de vos : SABED, que habiéndome conformado con el parecer

de los de mi Con5ejo R eal en el Extraordinario que se celebra con

motivo de las resultas de ]as ocurrencias pasadas, en consulta de

veinte y nueve de Enero próximo, y de Jo qu e sobre ella , convi–

niendo en el mismo diél:ámen, me ha n expuesto personas de] mas

elevado caraél:er,

y

acreditada experiencia : estimulado de gravísi–

mas causas , relativas á Ja obligacion en que me hállo constituído,

de mantener en subordinacion , tranquilidad , y justicia mis Pue–

blos, y otras urgentes, justas

y

necesarias, que reservo en

mi

R eal ánimo : usando de Ja suprema autoridad económica , que

el

Todo-Poderoso ha depositado en mis manos para la proteccion

de

mis Vasallos , y respeto de mi Corona: Hé venido en mandar es-–

trañar de todos mis Dominios de España , é Islas Filipinas ,

y

de–

más acljacentes

á

Jos Regulares de la Compañia , así Sacerdotes,

como Coadjutores ó Legos que hayan heclfo la primera profesion,

y

á los Novicios que quisieren seguirles;

y

que se ocupen todas

las temporalidades de la Compañía en mis Dominios;

y

para su

execucion uniforme en todos ellos , he dado plena

y

privativa co- '

mision

y

autoridad , por otro mi R eal Decreto de veinte

y

siete

de F ebrero , al Conde de Aranda, Presidente de mi Consejo , con

facultad de proceder desde luego

á

tomar las providencias

corres~

pondientes.

I

Y he venido asimismo en mandar , que el Consejo haga no•

toria en todos estos Reynos la citada mi Real determinacion; ma–

nifestando

á

las

demás Ordenes Religiosas la confianza , satisfac–

cion ,

y

aprecio que me merecen por su fidelidad,

y

doiftrina , ob–

servancia de vida monástica , exemplar servicio de la Iglesia, acre–

élitada instruccion de sus estudios ,

y

suficiente número de Indivi–

éluos, para ayudar

á

los Obispos,

y

Parrocos en el pasto espiritual

éle

las Almas ,

y

por su abstraccion de negocios de gobierno, co–

rno agenos,

y

distantes de la vida ascética, y monacal.

II

Igualmente dará á entender á los Reverendos Prelados Dio–

cesanos , Ayuntamientos, Cabildos Eclesiásticos,

y

demás Estamen-

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