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y
á
todo~
los Corregidores ,
é
Intendentes , Asistente , Goberna–
dore~ ,
Alcaldes mayores, y ordinarios , y otros qualesquier Jue–
ces , y Justicias de estos mis Reynos , así de Realengo, como Jos
de Señorío , Abadengo,
y
Ordenes, de qualquier esr:ido, conJi–
ci on , calidad
y
preeminencia que se:in , así á los que ahora son,
como
á
Jos que serán de aquí adelante, y
á
cada .uno, y qualquie–
ra de vos : SABED, que habiéndome conformado con el parecer
de los de mi Con5ejo R eal en el Extraordinario que se celebra con
motivo de las resultas de ]as ocurrencias pasadas, en consulta de
veinte y nueve de Enero próximo, y de Jo qu e sobre ella , convi–
niendo en el mismo diél:ámen, me ha n expuesto personas de] mas
elevado caraél:er,
y
acreditada experiencia : estimulado de gravísi–
mas causas , relativas á Ja obligacion en que me hállo constituído,
de mantener en subordinacion , tranquilidad , y justicia mis Pue–
blos, y otras urgentes, justas
y
necesarias, que reservo en
mi
R eal ánimo : usando de Ja suprema autoridad económica , que
el
Todo-Poderoso ha depositado en mis manos para la proteccion
de
mis Vasallos , y respeto de mi Corona: Hé venido en mandar es-–
trañar de todos mis Dominios de España , é Islas Filipinas ,
y
de–
más acljacentes
á
Jos Regulares de la Compañia , así Sacerdotes,
como Coadjutores ó Legos que hayan heclfo la primera profesion,
y
á los Novicios que quisieren seguirles;
y
que se ocupen todas
las temporalidades de la Compañía en mis Dominios;
y
para su
execucion uniforme en todos ellos , he dado plena
y
privativa co- '
mision
y
autoridad , por otro mi R eal Decreto de veinte
y
siete
de F ebrero , al Conde de Aranda, Presidente de mi Consejo , con
facultad de proceder desde luego
á
tomar las providencias
corres~
pondientes.
I
Y he venido asimismo en mandar , que el Consejo haga no•
toria en todos estos Reynos la citada mi Real determinacion; ma–
nifestando
á
las
demás Ordenes Religiosas la confianza , satisfac–
cion ,
y
aprecio que me merecen por su fidelidad,
y
doiftrina , ob–
servancia de vida monástica , exemplar servicio de la Iglesia, acre–
élitada instruccion de sus estudios ,
y
suficiente número de Indivi–
éluos, para ayudar
á
los Obispos,
y
Parrocos en el pasto espiritual
éle
las Almas ,
y
por su abstraccion de negocios de gobierno, co–
rno agenos,
y
distantes de la vida ascética, y monacal.
II
Igualmente dará á entender á los Reverendos Prelados Dio–
cesanos , Ayuntamientos, Cabildos Eclesiásticos,
y
demás Estamen-
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