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H

·Dominios, habiendose publicado en Consejo

p~eno

este

día~!

Real

-Decreto de veinte y siete de Marzo, que ::ont1ene

la

anterior Re–

·solucion , que se mandó guardar

y

cumplir , segun

y

como en él

-se expresa, fue acordado expedir la presente en fuerza de Ley

y

.Pragmática Sancion, como si fuese hecha y promulgada en Cortes,

·pues quiero se esté, y pase por dla, sin contravenida en manera

alguna ; para lo qua!, siendo necesario , derogo

y

anulo todas las

cosas que

s~an

,

ó

ser puedan contrarias á esta: Por la qua! encar–

go

á

los muy Reverendos Arzobispos, Obispos, Superiores de todas

las Ordenes Regulares , Mendicantes ,

y

Monacales , Visitadores,

Provisores, Vicarios, y demás Prelados , y Jueces Eclesiásticos de

estos mi Reynos, observen la expresada Ley, y Pragmática, como

en ella se contiene , sin permitir, que con ningun pretexto se con–

travenga en manera alguna á quanto en ella se ordena: Y mándo

á

los del mi Consejo , Presideute, y Oidores , Alcaldes de mi Casa,

y

Corte, y de mis Audiencias , y Chancillerías-, Asistente, Gober–

nadores , Alcaldes mayores y ordinarios , y demás J ueces y J usti–

cías de todos mis Dominios guarden , cumplan y executen la cita–

da Ley , y Pragmática Sancion, y la hagan gLtardar ,

IY

observar

en todo y por todo , dando para ello las proviJencias que se re–

quieran , sin que sea necesaria otra declaq1cion alguna mas que

es~

ta , que ha de tener su puntual execucion desde el dia que se pu–

blique en Madrid , y en las Ciudades , Villas, y Lugares de estos

mis Reynos , en la forma acostumbrada ; por convenir así á

mi

Real servicio , tranquilidad, bien , y utilidad de la causa pública.

de mis Vasallos. Que así es mi voluntad, y que al traslado im–

preso de esta

mi

Carra, firmado de

Don Ign11cio Esteban de Higare–

da

,

mi Escribano de Cámara mas antiguo , y de Gobierno de mi

Consejo , se le

la misma

y credito que ·á su original. Dada en

el Pardo á nos de Abril de mil setecientos y sesenta

.Y

siete años.

YO EL

RE.Y. Yo

Don J-oseph Ignacio -de Goyeneche,

Secretario del

Rey nuestro Señor , le hice escribir por su mandado. :::::

El

Conde

de Aranda.

::::

D.

Francisco Zepeda.

::::

Don 'Jacinto de Tudó.

:::::

D.

Francisco de Salazar

y

Aguero.

:::::

D. 'Joseph Manuel Dominguez.:::::

Registrada. ::::

Don Nicolás Berdugo

,

Teniente ,de Cancillér ma–

yor.

::;::

Don Nicolás Berdugo.

PUBLICACION.