H
·Dominios, habiendose publicado en Consejo
p~eno
este
día~!
Real
-Decreto de veinte y siete de Marzo, que ::ont1ene
la
anterior Re–
·solucion , que se mandó guardar
y
cumplir , segun
y
como en él
-se expresa, fue acordado expedir la presente en fuerza de Ley
y
.Pragmática Sancion, como si fuese hecha y promulgada en Cortes,
·pues quiero se esté, y pase por dla, sin contravenida en manera
alguna ; para lo qua!, siendo necesario , derogo
y
anulo todas las
cosas que
s~an
,
ó
ser puedan contrarias á esta: Por la qua! encar–
go
á
los muy Reverendos Arzobispos, Obispos, Superiores de todas
las Ordenes Regulares , Mendicantes ,
y
Monacales , Visitadores,
Provisores, Vicarios, y demás Prelados , y Jueces Eclesiásticos de
estos mi Reynos, observen la expresada Ley, y Pragmática, como
en ella se contiene , sin permitir, que con ningun pretexto se con–
travenga en manera alguna á quanto en ella se ordena: Y mándo
á
los del mi Consejo , Presideute, y Oidores , Alcaldes de mi Casa,
y
Corte, y de mis Audiencias , y Chancillerías-, Asistente, Gober–
nadores , Alcaldes mayores y ordinarios , y demás J ueces y J usti–
cías de todos mis Dominios guarden , cumplan y executen la cita–
da Ley , y Pragmática Sancion, y la hagan gLtardar ,
IY
observar
en todo y por todo , dando para ello las proviJencias que se re–
quieran , sin que sea necesaria otra declaq1cion alguna mas que
es~
ta , que ha de tener su puntual execucion desde el dia que se pu–
blique en Madrid , y en las Ciudades , Villas, y Lugares de estos
mis Reynos , en la forma acostumbrada ; por convenir así á
mi
Real servicio , tranquilidad, bien , y utilidad de la causa pública.
de mis Vasallos. Que así es mi voluntad, y que al traslado im–
preso de esta
mi
Carra, firmado de
Don Ign11cio Esteban de Higare–
da
,
mi Escribano de Cámara mas antiguo , y de Gobierno de mi
Consejo , se le
dé
la misma
fé
y credito que ·á su original. Dada en
el Pardo á nos de Abril de mil setecientos y sesenta
.Y
siete años.
YO EL
RE.Y. Yo
Don J-oseph Ignacio -de Goyeneche,
Secretario del
Rey nuestro Señor , le hice escribir por su mandado. :::::
El
Conde
de Aranda.
::::
D.
Francisco Zepeda.
::::
Don 'Jacinto de Tudó.
:::::
D.
Francisco de Salazar
y
Aguero.
:::::
D. 'Joseph Manuel Dominguez.:::::
Registrada. ::::
Don Nicolás Berdugo
,
Teniente ,de Cancillér ma–
yor.
::;::
Don Nicolás Berdugo.
PUBLICACION.