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órdenes convénientes
á
los mismos Virreyes , Presidentes ,
y
Go-
bernadores , con Cartas escritas , y firmadas de mi Real mano,
para la execucion de las primeras providencias ,
y
instrucciones
,.emitidas por el Conde de Aranda : que así es mi voluntad ,
y
que se obedezcan sin réplica , ni contradicion las órdenes dadas, 6
que diere el mismo Conde , relativas
á
los puntos que q1:1edan ex–
presados ,
á
cuyo fin lo haréis publicar en la forma acostumbrada,
para que llegue
á
notkia de todos. Fecha en-el
Pard"
á
cimw de
Abril de mil setecientos
y
sesenta
y
siete.
XV
IESTBUCCION DEL MODO CON QUE DEBEN HACER
los Comisionados
los Inventarios de los Papeles
,
muebles
,
y
f!fac•
tos de los Regulares áe la Compañia
,
y
Interrogatorio
prJr
~t
qaaí
deben ser preguntados sus Procuradores.
Don Carlos , por la gracia de Dios , Rey
~Castilla;
de Leoriy
ele Aragon , de las dos Sicilias , de Je'ri..lsalen, de
N~varra
, de
Granada , de Toledo , de Valencia , de Galicia , de Mallorca ,
de
Sevilla , de Cerdeña , de Córdoba , de Córcega , de
~urcia
, de
;Jaén , de los Algarves , de Algecira , de Gibraltar , de fas Islas
óe Canarias , de las Indias Orientales , y Occidentales , Islas ,
y
Tierra-Firme del Mar Oceano , Archiduque de Austtla, Duque
de Borgoña , de Brabante , y de Milan , Conde de Abspurg , de
Flandes , Tirol y Barcelona : Señor de Vizcaya , y de Molina,
&c. A vos los Jueces Comisionados , que por especial dele·gacíoo
clel Conde de Aranda , Presidente de nuestro Consejo ,
~ntendeis
en estos Dominios de España , y en los de las Indias , Islas Fi–
lipinas ,
y
<lemas adjacentes , en las diligencias respeétivas
á
ef
estra ñamiento ,
y
ocupacion de temporalidades de Jos Regulares
c1e Ja Compañía, en cumplimiento del Real Decreto , expedido por
nuest a Real Persona , en veinte y siete de Febrero próxímo pasa'"
do
,
á
consulta de nuestro Consejo Real de veinte
y
nueve de
Enero antecedente , en
el
Extraordinario que se celebra con moti–
vo de las occurrencias pasadas , salud y gracia: SABED , que suc–
cesiva ,
y
posteriormente
á
las
Ordenes , é Instrucciones , que para
el nominado
i1 n
se os hán dado
nor
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