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cio11 general <le la juventud , en aquellos tiernos años en que tan–

to necesita de auxíJios ,

y

principios

reB:os

para ser el modelo de

buenos ,

y

virtuosos Ciudadanos , ademas de Ja enseñanza acor–

dada en Ja Provisioo de cinco de OB:ubrc del año próximo pa–

sado , que se está executando : mando se erijan , donde parez–

ca oportuno , Casas de pension con un DireBor ,

y

los Maestros

seculares correspondientes , en que reciban los jóvenes toda educa–

·Cion civil ,

y

cristiana, enseñándoles las primeras letras , Gra–

mática , Retórica , Aritmética , Geometría ,

y

demas Artes que

parezcan convenientes , arreglado á el método que haga formar

mi Consejo en el Extraordinario.

XXXV

Estas Casas se establecerán en aquellos Colegios que

parezcan oportunos ,

y

se hallan en Villas

y

Ciudades donde no

hay Universidades,

y

se

les

apl icará qualquiera sobrante que hu–

biere de Jos bienes que t.:ngan especificamenre impuesto el gravá–

men de Ja enseñanza póblica , y

Jo que fuese posible de Jos que

correspondan á par-ticulares adquisiciones hechas por los

R egula–

res

extrañaaos ,

¡:;or medio de sus grangerías , economía , y ne–

gociai::iones,

6

por orras vías , sin carga

6

graváme11 determina–

do,

6

del sobrante , deducidas cargas , oyéndose á Jos Ordina–

rios ,

6

á los Comisionados ,

y

á

Jos Pueblos mismos , por Jo que

puedan contribuir sus luces , y el conocimiento práético de Ja ne–

cesidad

6

conveniencia públ i.;a , segun las diferentes Provincias,

Ja calidad de los Lugares , y las circunstancias.

CASAS DE ENSEFíANZA PARA NiiJAS.

XXXVI Como la educacion de la juventud no se debe limitar

á

los varones , por nece6itar las niñas tambien de enseñanza, co-·

mo que hán de ser madres de famíla , siendo cierro que el modo

de formar buenas costumbres depende principalmente de

la

edu–

cacion primaria , con cuyo conocimiento algunos virtuosos Varo–

nes Eclesiásricos funda ron en distintas partes Casas de Educacion

_de niñas,

y

aétualmenre hay varios Reverendos Arzobispos ,

y

O bisros, que

á

sus expensas costean Maestras para este fin ,

y

otros que con insta ncias lo promueven : mando que en

los

Pueblos

principales , donde parezca mas oportuno , se establezcan Casas

de enseñanza competentes para niñas , con Marronas honestas ,

é

instruidas , que cuiden de su educacion ; instruyéndolas en

los