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II
Estos-se deberán situar en
los
Edificios vacantes por
el
es-
trañam ieoto de los
R egulares
,
cuya anchura , y buena disposi–
cion ,
facilite el perfeél:o establecimiento, removiéndose
d~
este
modo la dificultad que hasta ahora bá habido de erigirlos , sin
duda por no poder desembolsarse las crecidas cantidades que son
precisas para Ja construccion de este género de obras páblícas.
III Como todas las Casas ,
y
Colegios que ocuparon los
Re–
gulares de la Compañia
tenian los Templos correspondientes , que
por la mayor parte eran suntuosos , atendiendo
á
que
~
general–
mente hablando , no convendrá aplicarlos
á
los Seminarios ,
ya
porque en ellos bastará una Capilla interior para los Exercicios
Espirituales de Rel igion , y ya porque pueden tener otro destino
mas útil , sea
á
beneficio de las Parroquias , ú otro que se con–
$idere preciso , mando se oyga á los Ordinarios Diocesanos en
cada caso particular , considerando las circunstancias de los luga–
res, y de los mismos Templos.
IV No por esto los alumnos del Seminario deberán abste–
nerse de asistir á los Oficios , y Horas Canónicas , en los dias fes–
tivos , que se celebren en dichos Templos , ántes bien su inmedia–
cion les facilitará el exercitarse en las funciones litúrgicas ,
y
aprender práétkamente los Ritos de la Iglesia , haciéndolo cada
uno segun las Ordenes de Grados , Sllbdiácono , Diácono , ó Pres–
bítero.
V
Conviniendo que los Templos tengan régimen aparte , por–
que nunca vuelvan á reunirse , ó formarse Comunidad Monástica,
que con el tiempo venga á apoderarse de la direccion del Semina–
rio , será útil erigirles en Parroquias , Colegiatas , 6 trasladar
á
ellos las Parroquias que lo necesiten .
VI Estando prevenido por el Santo
Concilio de Trento
,
que
para la subsistencia de los Seminaristas ,
y
dotacion de Maes–
uos
,
se recurra á señalar una porcion sobre las rentas Eclesiásti–
cas : á la union de Beneficios simples
, y préstamos :
á
la de
Obras pías destinadas
á
la enseñanza ,
ó
alimentos de los Niños:
y á
gravar con el exercicio de
Ja
misma enseñanza
á
aquellos que
obtubieren las prebendas llamadas Maestrescolías , por sí , ó por
substitutos idóneos : Este recurso será tanto mas necesario en · el
día , quanto es visible que las remas que disfrutaban los
R egulares
óe fa Compañia
deben primeramente responder á sus alimentos , que
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