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,,mas que la de haber f'altado perpetuamente los
Reg11f1Zt<es
,
en
,,cuya contemplácion se .hizo la fundacion. Esto basta para no en–
' trat en disputas y quesoones que se deben escusar.
'
,,tos bieties que tengan alguna carga pía habrán de responder
,,á
ella , sin6 fuere tambien justo y necesario conmutarla eón
in•
,,tetvencion del Diocesáno en lo que convenga , y corresponda.
.
,,Cumplidas así las cargas , tantó el sobrante de estos biene>,
,,como los <lemas que libremente adquirieron los
Regulares
de
/11
,,Compañia
,
podrán ser '.aplicados indiferentemente á qualquicra de
,,los fines piadosos que desea el Rey , sin separarse ·de que en elloi;
,,sea atendido el objeto de las Misiones , ni
los dernas que con–
.,,duzcan á la felicidad espiritual ,
y
temporal , de los vasallos
,;de S.M.
,,Para aplicar las Casas y Colegios , lglesias , sus
Ornamento~
,,y
alhajas, tendrá la autoridad Real el apoyo de las Leyes ;
y
el
,,de su Patronato y proteccion , y
la intervencion del Ordinario
,,Eclesiástico, en lo que respeétivamente le competa
,
tendrá
,,tambien la asistencia de derecho.
.
,,En todos los Cánones ,
y
últimametite en el
Concilio de
Tren..
,,to,
se nombran los Reverendos Obispos quando se trata de erec"
,,cion de Iglesias , su ttanslacion ,
y
aplicacion , para el éuidado
,,é
intendencia de todo lo concerniente
:í
el culto : así que •ha–
,,biendo cesado los embarazos que podia causar la esencion , por
,,haber espirado esta en la ora que faltaron todas las personas
á
,,quienes se concedió , no queda estorbo ni dificultad que impid:t
,,la jurisdiccion Diocesana en lo que la pertenezca , sin perjuicio de
,,Patronato , proteccion ;
y
derechos de S. M.
,,No deben callar aquí los Fiscales en elogio de los Preladosf
,,Españoles
,
que casi toaos obran por estos principios , concurrien•
,,do con sus informes , solicitud , y zelo Pastoral á todo lo que
,,puede facilitar el cumplimiento de las piadosas intenciones
del
,,Rey ;
y
este feliz principio de union para trabajar por el bien
,,de la Religion ,
y
del Estado , es el mejor anuncio de
la
conti•
,,nuaciotl hasta llegar
á
el fin.
:
,,No entienden los Fiscales comprender ert los fundamentos
y
,,discusiones de esta Respuesta los bienes dimanados de la Coro•
,,na , que los
Regulares
de la
.Compañia
poseían en virtud de Rea–
,,Jes fundaciones , ó donaciones , ó pot otro qualquiera titulo;
u.e
e
~ ~tQs
bienes á la misma Corona • lue-