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H

,,gulareJ

,

es un punto que

~o

puede

.n~

debe

suJetar~e.

á

Ja.

menor

.,,disputa , ni por consecuencia el domm10

y

la d1spos1cwn libre que

,,en ellos tiene S. M.

.

.

.

,,En consecuencia , poes , de

to~o

.lo

referido '·piden los F1sca–

'

les , que para emrar en

la

deliberacJOn del desuno de los bienes

,"se declare, siguiendo el espíritu de lo resuelto en la Real

Prng–

"

mt

ti(a

de dos de Abril de mil setecientos sesenta

y

siete,

y

lo con–

.::sultado por el Consejo en veinte

y

nueve de Enero del mismo

,año , con que se sirvió conformar S. M. , que

~ichos

bienes , Ca–

:,sas,

y

Colegios , de qualquiera

~Jase

, que pertenecieron á

los

.,,Regulares de la

Compañia,

y

las nuevas fundaciones

que se apli–

,,quen , están

y

háQ de quedar baxo del Real Patronato ,

y

protec–

;,cion inmediata de .S. M., respeél:ivamente sin perjuicio del dere–

,,cho de los Patronos particulares en lo que lo tul:iieren ;

y

que con

,,este concepto se há de proceder

á

la aplicacioo , concurriendo los

,,,Diocesonos en ·lo que corresponda

y

sea compatible eo los dere-

,,chos de S. M. ,

y

con los de Patronato

y

de proteccion. Todo Jo

,,qua) se haga presente

á

S.M. , para"que dignándose conformar con

,,esta declaracion , sirva de preliminar

á

las deliberaciones succe–

.2,sivas del Consejo ,

y

se ellpida la Real Cédula correspondiente;

y

_,,reservan Jos Fiscales, decidido este punto , proceder

á

la expo–

!,,sicion por clases de Jo demas que corresponda , en consecuencia

.,,de lo acordaéo por el Consejo , con asistencia de los Señores

,,Prelados en veinte

y

nueve de Diciembre del año próximo pa–

,,sado.

.

,,El Consejo podrá acordarlo así , consultando á S. M. , 6 co..

.,_,mo: .t.ubiere por mas acertado.

Madrid

trece de Enero de mil

s~,,tecientos sesenta

y

ocJ.o.

.

Exáminado

e~te

asumo , con

la

reflexion

y

madurez que cor–

responde , por mi Consejo, en

el

Extraordinario, con asistencia

pe los Prelados que tienel'l

a~iemo

,

y

voz en él , me expusieron su

uoiforrre diél<imen en Consulta de veinte de Enero próximo ,

y

conforrnandome con ella , vine en declarar : Que

á

consecuencia

de las

Leyes

fundamentales del Reyno , disposlcion de los

Concilios,

observancia inmemorial ,

y

continua , de la Regalía de mi Co–

tona ,

y

<lemas fundamentos indisputables que me expuso, quedó

el dominio de Jos bienes ocupados á los

Regu·.ires de la Compañia,

e trañ:1dós de mis Dominios , por las. Causas de Estado que ma-

nifiesta ¡ui l<.eal

Pr!!J!.mática-S,mcion de

dnr

,J.,

AJ.~a

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