''fO
·,;pues
(así se explicó aquel Príncipe)
de cuyo interés se trata, por
,,hallarse Jos predichos
bienes ,
en quanto existen dentro de nuestro
;,Reyno, baxo de nuestra guardia especial y proteccion
,
y cono–
,,eerse que en ellos nos pertenece plenarilm1ente el derecho de Pntro–
,,nato mediato
ó
inmediato
,
habiendo sido
inducido por Vos
,
junta–
.,,mente con los Prelados congregados en el
Concilio ,
para prestar
,,este consentimiento:::: aceptam9s
111
disposicion
,
ordenacior1,
y
tras–
,,lacion hecha
,
y
le concedemoI nuestro asenso
,
quedando perpetutr
,,mente salvos todos los. derechos que ántes de
lo referido compitie–
.,,se en
los referidos
bienes
á Nos
,
y á los Prelados
,
Varones, No–
,,bles
,-
y otros qua/esquiera de nuestro Reyno.
Parece <]Ue no pue–
,,de ser mas claro el derecho de custodia , proteccion ,
y
Patro–
,,nato que cuidó de asegurar y declarar aquel Rey,
á
el mismo
·,
1
tiemro que había solicitado y consentido la cxtincion de Ja Or–
,,den , y la aplicacion de sus
bienes.
,,El mismo Papa
Clemente V,
en la Bula
Regnans in ere/is,
di–
-,,rigida al Rey
Felipe
sobre este asunto Je manifestó , que
liberal
·,,y
devotamertte había dimitido en su R eyno
los
bienes
de
los Tem...
,.pla,.ios, apartando totalmente
su
mano de ellos.
De modo, que por
,,confesion de Ja
Corte Rúmana
dependía la disposicion hecha en
,,aquel caso ·de la dimision devota
y
liberal del Monarca
Frances.
,,Eduardo
11
,
Rey de
lng lati;rrn,
á
quie1;1 se le comunicó la
Bu•
,,ta Ad providam
para la extincion de Jos Templarios,
y
'aplica–
·,,cio de sus
bier1es
á
la Orden de
San J µan
,.
tan lexos estubo de con.–
·,,formarse con ella , que por diploma de
primero
de
Agosto
de
mil
, ,t1·e.rcianos doce
pchibió
á
el Prior de la misma Orden en aquel
'~ey n
o ;
que p6r
JÍ
, ,
ó
por ot1·os
,
1/ara
ú
ocultamente
,
procurase
,,hacer
ó
atentar cosa alguna e" este negocio
,
f uera de
lo que re,..
;,soivitse su Parlumurto ;· porque la execucion de
la Bula si
Je
hi–
,,áese
;
cederia m,mifiestan1ente en
su
perjuicio
,
y
de Ja dignidad
át
;,su
Real Co,-ona.
;,Efeétivamente el Rey
Eduardo
otup6 los
bienes
de
Jos
Tem..
;,plarios , señaló alimentos.
á
estos , nombró personas para su ad..
,,m inistracion , se daban en su Real nombre las libranzas para to-.
,,dos los
p:1g<'s
que se hubiesen de executar en los gastos que oc.ur..
,,rian ,
y
fiwdn~ente
se hacia toco lo demás que aétua!menre se
,;praética en
E spaiía.
·
,,Las guerras intestinas del mismo
Eduardo
,
y
los auxilios que
u,Lbo
de
la
Cart~1afla,
le ol\lig2ron
á
·c·ondes•