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48

,,Ccmcilio

de

'fl'ienadel Del.finado

la extincion de los Templarios,

·y

de

.,,aplicar sus Casas

y

B ienes

á

la Orden de

San J-uan

,

se

excep~ua

..

,,roa expresamente

los

que

ex:fstian en tos R eynos y T ierras

( así dice

,,el

Papa

en aquella famosa Sentencia , 6

Constitu~ ioñ

)

de nuestros

,,carfsimos hijos

en

Christo

los R ey es

ilustres de

Castilb. , Aragon,

.,,Portugal ,

y

Mallorca ,

los quales acordt1mos exceptuar

y

excluir de la

,,referida donacion

,

concesion

,

union

,

ap licacion

,

i

ncorporacio11,

y

,,anexum.

,,Aunque es verdad que el

Pap a

manifestó que reservaba

di~

,,chos

B ienes

á

la disposicion de la Silla

A postólica

,

y

cit6

á

los

,,Reyes de

España

para que expu iesen las causas

y

¡rretensiones

,,que tenían contra la aplicacion hecha , fue insinuado -que espera–

,,ba oir su beneplácito para la ordenacion que se hubiese de tomar

,,en ellos.

,,En efeB:o , para aplicar los mismos

B ienes

en el Reyno ed

_,,Aragon

á

la Orden de

Montesa,

hubo de intervenir el Real ·con–

,,sentimiento expreso <lel S ñ r Rey

Don

J-ay me

,

'"onfiriendo su

,,poder especial á

Vidal de Villanueva ,

como consta de la Bula ex–

,,pedida por el Papa

Juan

XXII,

á

quatro

de los

Idus

de

'Junio

qe

,,mil trecientos

y

diez

y

siete,

y

vemos en consequencia de aquel

,,asenso régio ,

y

de la calidad de lo

bienes

aplicados ., que la Or..

,,den de

M ontesa,

nuevamente érigida , quedó bax:o del

Patro~

,,nato

y

proreccion inmediata de los Señores

R eyes de Aragoir.

,,En

Portugal

se hizo c0n aquellos

biene.s

Ja ereccion de la Or–

,,den de Cristo , en el

Alío

de l<t

Encarnacion

de

mil trecientos diez

y

,,nueve

,

cliciendose en el aéfo de ella que se hacia concurriendo el

,,beneplácito

y

asenso del Monarca

Portugues ;

y

tambien vemos

y.

,,sabemos , que la nueva Orden quedó igualmente baxo del Patro–

,,nato

y

rroreccion de losRe-yes de

Portugal.

,,Los Reyes de

Castilla ,

zelosos defensores de sus regalías,siem...

,,pre

re~istieron

s4jetarse á_la disposición J?ontificia en los

bienes

de.

,,tos't'emplarios'

y

así los arlica ron

á

su arbitrio' donándolos

á_

,,Ordenes Militares , ó Caballeros , 6 reteniendoles en .la Corona.

,,y Patrimonio Real, como tubieron por. conveniente ,

sin que .

,,las muchas iruerpelaciones que

tubie~on

de. parte de

la

.Corte de

,,R oma

les. hubiesen hecho variar de aquella firmeza con que con–

,,cibieron,

y

estimaron ,. pertenecerles la soberana disposicion , e11

,;uso de la regalía que vá demostrada ,

y

hán usado

d~sde

los prin- .