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63

Lo

qfte

part 'cipo

á

V. de

ta

del Consejo

,

para que cumpla esta re–

solucion en la p.1rt

q,,ie le toque

,

y

de quedar en esta

i11teligencia me

dará aviso,

~ara

frM!arl,wto

á

su

mperior noticia. D ios g uarde

á

V.

rm1chos aifos. M<tdriq ocho de :Julio de mil setecientos

~esenta

y

siete.

XXIV

F.EAL PROVISION

DE

SU MAGEST4D A CONSULTA

del Consejo

,

en el Extroo1•dinario , en

la

qua! se reducen los frutos

que se cogieren en

las haciendas de

las Casas que ¡ ,,,eron de los Re–

gulares de la Compañia

,

á

la

p:1ga integ ra de Diezmas

á

los partí–

r;~pes

á

qcúene! toque su percibo por dere.cho.

Don Carlos , por la gracia de Dios , Rey de Castilla , de Leon:

de Aragon , de las dos Sicilias , de

Jerusa l~ n,

de N avarra , de

Granada , de Toledo

1

de Valencia , de Gal!cia , de l\Jallorca , de

Sevilla , de Cerdeña , de Córdoba , de Córcega , de Murcia , de

Jaén , de los Algarves , de Algecira , de Gibraltar , de las Islas

de Canarias , de las Iodias Orientales , y Occidenta-les , Islas , y

T ierra-Firme del Mar Oceaoo , Archiduque ele Austria , Duque

ele Borgoña , de Brabante, y de M ilan , Conde de .l\bspurg , de

Flandes , Tiro!

y

Barcelona : Señor de V izcaya ,

y

de i\l'olina,

&c. :::: A vos Jos Jueces Delegados dd nuestro Consejo Real, erí

el Extraordinario , que se celebra con motivo de las ocurrencias

pasadas , que estais entendiendo en estos Reynos ,

los de Indias,

é

Islas adj:¡centes , en las diligencias re peélivas á la

ocup<1cion

de

temporalidades

de los bienes ,

y

efeél:os, que pertenecieron

á

las

C1-

sas

de los

R egulares

de la

Compañia

del nombre de

J esus

,

y

demás:

personas

á

quienes lo contenido en esta nuestra Carta toque, ó to–

car pueda , en qualquier manera, salud

y

gracia : Yá sabers la ór–

cleo

circular

,

que se os comunicó por nuestro

Fiscal

en

doce de J u–

nio

próx1mo en punto

á

la eleccion de la primera Casa dezmera,

ó.

escusada, que dice así: ,, El

Comeja

,

en el

E xtraordinario,

cdebra–

,,do en dos de este mes, conformándose con Jo expuesto en el asun–

,,to , há acordado , que en caso de que tos Arrendadores del Es–

,,,cusado hagan eleccioo de Cas-a dezmera en alguna de tas Hacien–

,,das de los

Regulares

de la

Compañia,

del nombre de

1esus

,

solo-

s.e

~

ue

1!..~ª

de Diezmos , que hasta ahora estaban en pose-

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