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por
nuestra Real Persona ,
y
el nuestro Consejo , al tenor
de
la
Real
Pragmática de dos de Abril de este año , y otras diferentes
R~ales
Ordenes , que le están comunicadas. Que así es nuestra vo–
luntad , y que á el traslado impreso de esta nuestra Cana
firma–
do de Don Ignacio Esteban de Higareda, nuestro l!:scribano' de Cá–
mara mas antiguo ,
y
de GoSierno del nuesro Co·11ejo , se
le dé la
m isma fé y eré lito, que á su original. Dada en Majrid á siete de
J ulio de mil setecientos sesenta y siete.=:
E! CJr le de Ar.J1•la.
::::
Don A .idrés de M.Jrauir.
=:
Don J uan M1rti11 de G.imio.
=:
IJ·.
J o–
sef Herreros.
::::
Don J
1:1n
de Lerin Bracammte.
::::
Yo
D?n Ignac io
E steban de H igareda ,
~sc
rib.mode Cámara del Rey nuestro
Sdíor,
la hice escribir por su mandado, con acuerdo de los de su Consejo.
R egistrada. ::::
Don Nicolás Verdugo.
Teniente de Cancillér .ma–
yor.
:::::
Don N :colás Verdii'go .
XXIII
CARTA.
CIRCULAR
,
SOBRE EL M ANEJO DE
LOS
Caudales que produzca
fa
A dministi-acion
,
y ocup:lCion de
Tem~ora
lidades de tos R egulares de
Íll
Compañia del nombre de_'jesus.
EN
la Re.;/ Prouisiün acm·d11d:i
, de dos de Mayo próximo, estápre–
'IX!1Jido
,
q 1e los C..11d<-1les q"e p1·oduzca la administracion ,
y
ocupacion
d~
Temp1;,-alid.tdes de los R egalares de
l:.i
G•mpañia
,
del nombre de J e–
sus
,
se e11tr.J¿p,en e.1 lar Tesorerf,¡r de
E:~!rcito ,
ó
Provincia, segun las
Órdenes d1d,u por el 1'r:sorero mayor
,
p!1rtl que por su medio se cond1¡z–
can
,
y
coloquen en l,1 Depositada general
,
establecida en esta Corte,
H::og ie..,do los.resguardos convenientes
,
que se remitiesen pm· mi mano.
Et Cmsejo está notiáoso de la omision de algunos de los Comisiona–
d1s en este p.1tticu!.ir
,
y
hi
acord.1do
,
en el Extraordinario que cele–
bró en dos de este
m~s
,
se advierta á todos circularmente
,
cumplan co11
p 1ner lor C-'!td,iles en las referidcis Tesorerías de Exército,
ó
Provin–
cj,¡,
conf1rme se v 1yan reca1dMdJ sin la menor demora ,
y
con remitir
po;·
mi
m.molos Recib:;s interinos que recogiesen
,
para que entregados
en esta Corte al Tesorero mayor
,
dispa11ga este se f ;rmali.-en las con–
venientes Cartas de pago
,
que siru.w de resguardo á los mismos Comi–
sion.JdJs
,
evit.mdo de este modo dilaciones
,
ó
m.ilas inteligencias
,
en
as<mto que pide tanta claridad y órden
,
p ara poder acudir
,
con estos
u·oduéín.r
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