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mitido , 6 sabe que alguno de su Compañia lo haya hecho , cauda""

les algunos en especie de letras ,

ú

otros efeél:os fuera de estos Do–

minios , quándo lo praaicó , á dónde , y por qué medios , ex–

plicandolo con toda individualidad ; y si en bancos , Casas de co–

mer..:io , ó en personas confidentes existen caudales de la Compa–

ñia, por lo tocante

á

España, fuera del Reyno, individualizándolo

todo muy por menor ; como asimismo los que haya en Roma,

tocantes á España , manifestando para qué fines: si le han dado

aviso del percibo de los tales caudales y efeél:os ,

y

dónde

páran~

~

IX

iSi

en la presente Flota , ó Registros que se esperan de In–

dias , aguarda caudales

,

y

si tienen algunos en poder de algu11

Comerciante,

ú

otra qualquier persona de estos Reynos,

expli~

cando qué cantidades , y qué sugetos

1

~

X iFinalmente , qué des–

tino tienen los caudales s0brantes de la Compañia ; quién toma

las cuentas de ellos ,

á

qué tiempos,

y

en qué forma se remiten;

·quién nombra los Procuradores generales

y

paniculares ,

y

qué

parte tienen en todo esto los Asistentes

y

su General , y qué can–

tidades contribuyen las Provincias de España é Indias : qué sumas

hán salido por su mano con pretexto del socorro de los Jesuítas

Portugueses ;

y

qué cantidad estaba repartida

á

su respeétiva Pro–

vincia ó Colegio al año , y desde qu_é tiempo empezó esta contri–

bucion ,

y

en virtud de qué órdenes

1

Y visto todo por los del

nuestro Consejo Real

, en el Extraordinario que se celebró en

cinco de este mes, fue acordado librar esta nuestra Carta para vos;

por la qua! os mandamos , que teniendo presente lo pedido por

nuestro Fiscal en cada uno de los Capítulos incorporados , proce–

dais, sin pérdida de tiempo , á evaquar las diligencias

y

asuntos,

que literalmente comprenden, sin faltar en cosa alguna :

á

cuyo

fin os damos Ja comision

y

facultades necesarias ; sin que por esto

suspendais la execucion de lo <lemas , que por órdenes particula–

res os esté encargado, 6 de nuevo se os encarga e. Y executado

remiti reis por mano de dicho Presidente del Consejo

, Co de de

Aranda , 6 de qualquiera de los Fiscales de él, los Autos.que se

prattíquen , para con su vista tomar las demas providencias con..

venientes : Que asi es nuestra voluntad ,

y

que al traslado impresq

de esta nuestra Carta , firmado de Don Joseph Payo S:mz , nuestro

'.Escribano de Cámara honorario , se le dé la misma fé y cré.füo

que

á

su original. Dada en Madrid

á

siete de Abril de mil setecien–

tos sesenta

y

siete. ::::

El Conde de ÁYanda.

:::::::

Don Pedro Cotón.

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