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e srraiíados de miS Dominios , por las causas de Estado , que
rnanificfl:a la mencionada
Real Pragmática
de
2
de
Abril
de
1767 , aceptáda por la Diput:icion general del R eyno , Ciu–
dades, Prelados, Superiores Regulares ,
y
Universidades l_ite–
rarias , despnes de cumplidas sus cargas ,
y
mente de los Fun–
dadores , devuelto sin disputa á mi disposicion , como Rey,
y
Suprema Cabeza del Estado : atento
a
que el conservarse
dentro del R eyno con aptitud ,
ó
incapacidad , para adquirir
ó poseer , depende de mi Soberanía para toda clase de perso–
nas ;
y
que con mayor razon me pertenece la proteccion in–
mediata de los nuevos establecimientos, ó pios destinos á que
se aplicasen las Casas , Haciendas ,
y
dem.ísbienes ocupados,
por un efeél:o de mi liberalidad ,
y
munificencia Real, como
propios de mi Corona ,
y
Patrimonio R égio , sin perjudicar
por esto á los Ordinarios Dioc'esanos en la intervencion de to–
'do lo tocante
á
sus funcione> ,
y
jurisdiccion espiritual, ni al
derecho de los Patronos particulares , en lo que lo tubieren.
Y sentado el derecho de mi Corona
á
estas Casas ,
y
bienes,
por la mencionada solemne declaracion ;
y
haciendo demcs–
tracion mis Fiscales aún de la inc.•pacidad de los Regulares
expulsos , para haber adquirido la mayor parte de ellos, con–
tinuaron proponiendo los plos destinos á que , conforme al
espíritu de dicha
Pragmática
,
se podían aplicar: sobre que re–
cayeron Consultas de mi Consejo, en el Extraordinario , con
la
propia asistencia de Prelados , y uniformidad de diél:ámen;
exponiéndome qUJnto convenía , y era necesario , además de
ocurrir
á
la educacion de la juventud , para la ereccion de
Seminarios
ad formam Concilii
,
de Correccion , de Misiones,
Casas de pension , ó enseñanza para estudios comunes ,
y
úti–
les al Estado ,
y
otras para educacion de Niñas , Hospicios,
Hospitales , y Casas de Misericordia. Y habiéndome confor–
mado con su parecer igualmente , en resoluciones publicadas
en el citado mi Consejo , se acordó su cumplimiento ,
y
para
ue
le
tubiese en todo, ex edí mi Real Cédula en
1
A-
de
A os-