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tiene su oríjen,

i

es ...

El

]

efe Supremo de la Confcdcracion

se abstiene

de

indicar su verdadera causa, ni ménos pretende

detallar sus resultados, porque un deber $agrado le impone la

obligacion de no mezclarse en los negocios domésticos de otras

naciones, aunque pudiera mui bien sacar ventajas de un exá–

men que le seria permitido, cuando

e han agotado de parte

del Gobierno de Chile los medios de insurreccionar a los pue–

blo de la Confoderacion.11

11

He

referido muí lijeramente, señor Ministro, algunos he–

chos para hacer palpable la diferencia que hai del

8

de Diciem–

bre, en que nuestro l\Iini tro pedia a grandes voces la paz, al

dia en que tengo la órden de proponerla de nuevo, asegurand0

otra vez que el

]

efe Supremo de la Confederacion no exijirá

jamas nada lwmz'llante, nada indigno de la nacion cltilena.

U

na

resi -tencia tenaz del Gobierno de Chile a esta propue ta, ería

ya, sin duda, una verdadera obsecacion, o deberán cumplirse

lo decretos eternos que en tal caso habrían sancionado irre–

vocablemente grandes desgracias para Chile ... 11

.. ·"Diré a V. E. ma francamente, que siéndole al Gobierno

de Chile imposible sacar ventaja alguna de Ja actual guerra,

que re iste la nacion chilena, i no contando con la voluntad

nacional para esta empresa ciertamente temeraria, no hará mas

que inútiles sacrificio , recojiendo para su patria por todo fruto

la guerra civil, que el jefe de la Confederacion veria con ho–

rror ... "

... 11La

presente administracion de Chile se halla en la impo-

sibilidad de ofender al Perú, i el Gobierno protectoral ama la

paz, la pide, la reclama como un beneficio recíproco, i no

piensa, ni intenta,

i,

si se quiere, no puede tampoco llevar la

guerra a Chile. No hai campo de batalla para batirnos i decidir

esta cue tion; la victoria misma seria estéril ...

11

11Si

el Gobierno de Chile se digna aceptar las nueva propo–

siciones de paz a que tengo la honra de invitarle por órden del

Jefe

upremo de la Confederacion Perú-boliviana, éste enviará

un Ministro plenamente autorizado para hacer tratados de

paz bajo la garantía de potencias re.')petables; o entre tanto

una convencion preliminar que con las mismas seguridades

nos conduzca a una paz definitiva i . ólida. Tambien se halla