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tiene su oríjen,
i
es ...
El
]
efe Supremo de la Confcdcracion
se abstiene
de
indicar su verdadera causa, ni ménos pretende
detallar sus resultados, porque un deber $agrado le impone la
obligacion de no mezclarse en los negocios domésticos de otras
naciones, aunque pudiera mui bien sacar ventajas de un exá–
men que le seria permitido, cuando
e han agotado de parte
del Gobierno de Chile los medios de insurreccionar a los pue–
blo de la Confoderacion.11
11
He
referido muí lijeramente, señor Ministro, algunos he–
chos para hacer palpable la diferencia que hai del
8
de Diciem–
bre, en que nuestro l\Iini tro pedia a grandes voces la paz, al
dia en que tengo la órden de proponerla de nuevo, asegurand0
otra vez que el
]
efe Supremo de la Confederacion no exijirá
jamas nada lwmz'llante, nada indigno de la nacion cltilena.
U
na
resi -tencia tenaz del Gobierno de Chile a esta propue ta, ería
ya, sin duda, una verdadera obsecacion, o deberán cumplirse
lo decretos eternos que en tal caso habrían sancionado irre–
vocablemente grandes desgracias para Chile ... 11
.. ·"Diré a V. E. ma francamente, que siéndole al Gobierno
de Chile imposible sacar ventaja alguna de Ja actual guerra,
que re iste la nacion chilena, i no contando con la voluntad
nacional para esta empresa ciertamente temeraria, no hará mas
que inútiles sacrificio , recojiendo para su patria por todo fruto
la guerra civil, que el jefe de la Confederacion veria con ho–
rror ... "
... 11La
presente administracion de Chile se halla en la impo-
sibilidad de ofender al Perú, i el Gobierno protectoral ama la
paz, la pide, la reclama como un beneficio recíproco, i no
piensa, ni intenta,
i,
si se quiere, no puede tampoco llevar la
guerra a Chile. No hai campo de batalla para batirnos i decidir
esta cue tion; la victoria misma seria estéril ...
11
11Si
el Gobierno de Chile se digna aceptar las nueva propo–
siciones de paz a que tengo la honra de invitarle por órden del
Jefe
upremo de la Confederacion Perú-boliviana, éste enviará
un Ministro plenamente autorizado para hacer tratados de
paz bajo la garantía de potencias re.')petables; o entre tanto
una convencion preliminar que con las mismas seguridades
nos conduzca a una paz definitiva i . ólida. Tambien se halla