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Estos dos artículos ciertamente no podian ser mas satisfac–
torios, i así les pareci6 a los jenerales Blanco i Aldunate. Otro
artículo propuesto por mí, contra mi conciencia, i solo por com–
placer a las ideas favoritas de mi Gobierno,
fué
el siguiente: 11El
Gobierno Protectora\ se obliga a reducir todo el ejército de la
Confederacion a la fuerza total de cinco mil hombres en los Es–
tados de Bolivia, del norte
i
del sur del Perú; lo que tendrá efec·
to a los cuarenta dias despues de que se reciba por el Supremo
Protector la ratificacion de este tratado por el Gobierno de
Chile.11 Otro artículo propuesto tambien contra mi conciencia
i
por el mismo principio que el anterior, fué el que sigue: 11El Go–
bierno de la Confederacion se compromete a no tener mas marina
que la que tenga la República de Chile; i en cas'J que alguno de
los Gobiernos contratantes tenga necesidad de aumentar la suya,
no podrá hacerlo, sin dar aviso al otro, i sin obtener su consen–
timiento.11
11 Estos cuatro artículos, (prosigue Irizarri), con otros cuatro
que trataban de la devolucion de los buques de guerra tomados
en el Ca11ao al Gobierno Protectoral; de la retirada del ejército
de Chile; de los tratados de comercio i arreglo de deudas, que
debian celebrarse despues; i de la paz con el Gobierno de las
Provincias Arjentinas, fueron acordados con el jeneral Herrera;
pero temiendo que tuviese el Protector observaciones que hacer
a algunos de ellos, le remiti6 una copia de nuestro acuerdo de
aquel dia, el
10
de Noviembre, i yo me vine a Arequipa a hablar
con el jeneral Blanco sobre la materia. A esta conferencia, que
tuvimos dicho jeneral i yo en la casa del jeneral Aldunate, es–
tuvo presente este señor, i manifestó que en su concepto, no
podian conseguirse ni satisfacciones, ni garantías mayores que
las que contenian los cuatro artículos primeros11 ...
11El jeneral Blanco quiso todavia que se exijiese del Protector,
que en el artículo en que se habla de la marina, se dijese que la
Confederacion perú-boliviana no tendria mas buques de guerra
que los que necesitaba para guarda-costas, sin ofrecer nada
con respecto a Chile; quiso que se obligase el Protector a pagar
el millon i medio de pesos con sus intereses, sin dejar el arreglo
de esta deuda para despues; quiso que el Protector derogase en
otro artículo del tratado aquella disposicion del Reglamento de