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ninguno, se atendrán VV. SS. a las instrucciones de ...
(19)
que
proveen suficientemente a los intereses de la independencia del
Perú, sin perjuicio de recomendar la cesion del pequeño pedazo
de territ?rio de que se habla en la regla anterior, dado caso que
Bolivia lo exijiere, i que fuere necesario para la pronta nego–
ciacion de una paz honrosa.
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y\
Si hubiere tiempo para que concurra Buenos Aires a las
negociaciones de paz, procederán VV. SS. en union
i
de acuer–
do con sus plenipotenciarios, teniendo presentes ]as considera–
cicmes arriba indicadas. Pero
si
VV. SS. creyesen necesario,
para aprovecharse de alguna circunstancia favorable o para pre–
caver algun contratiempo, proceder inmediatamente a negociar,
aco1 darán solamente
prelz'minares,
comprometiéndose
:'..
que se–
rán ratificados en cuanto concierne a Chile, pero sujetándolos
en lo demas al exámen i aprobacion de nuestros aliados, sin
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os cuales no habrá tratados definitivos de paz, a ménos que la
ineficacia de su cooperacion les prive de este derecho, o su in–
sistencia en pretensione.: exajeradas nos autorice a tratar sepa–
radamente con el enemigo; punto cuya decision se reserva el
Gobiernó.
1
14.ª
Si llegare el caso de que, despojado de todo su poder el
jeneral Santa Cruz, hu hiere que negociar con la :rntoridad que
le reemplace, se arreglarán VV. SS. a
las instruciones prece–
dentes, salvo en la parte reiativa a la satisfaccion puramente
honoraria, de que
~olo
mirarán VV. SS. como responsable al
jeneral Santa Cruz, o al gobierno que se formase bajo sus aus–
picios.
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5.a
Si por algun motivo que no es fácil preveer, se viesen
VV. SS. en la necesidad de estipular con el enemigo alguna
cosa que exceda de sus instrucciones o que las contraríe en
materia importante, cxije la buena
fé
que VV. SS. lo hagan
presente a la persona o personas con quienes trataren, de ma–
nera que se reserve al Gobierno de Chile una plena libertad
para ratificarlo o no, segun lo juzgare conveniente; en la inteli–
jencia de que, conociendo este gobierno la entereza de VV. SS.,
su prudencia, su conocimiento de los
intereses de Chile
i
(19) Las instrucciones a Egaña.