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con a!gun 1·espeto los
bienes
y rentas del Colegio
,
ó
Casa
,
en cuya
ocupacion de Temporalidades entiende V.
del mismo modo que lo er.e–
cutaban dicbos
Regulares
al tiempo de
Ju
expatriacion
,
en
la
Igle–
sia P11rroquial que destine el Reverendo Prelado de esta Dióresis, con
cuyo acuerdo debe proceder
V.
dando auíso en el término de
quin–
ce
días siguientes
á
el en que reciba
V.
esta órden de haberto exe–
cutado
,
ó
ertarlo executando
:
en inteligencia de que con este pretex–
to
,
ni otro no debe perniitir Cofu1dias
,
ó
Hi!rma•1dades de las que
exísti1111
en
tas Casas de dichos
Regulares ,
por haberse mandado ce–
sar todas
,
ínterin no reciben nuevo ser. , y (ll1toridad
,
co•1
/11
ins-..
truccion competente
;
y
dando con esu
'fecha el aviso correspondien–
te al Pre/,¡do Diocesano
,
lo
particJpo
á
V.
de Órde11 del Co1JJejo –
p.~ra
su inteligencia
y
cumplimiento; dáridome el conveniente del re-•
cibo de esta
,
para parnrlo
iÍ
rn
superior noticia.
Dios guarde
á
V.
1w1chos años.
Madrid diez
de.
Enero
de
mil se- _
tecienros sesenta
y
nueve. Don Pedro Rodríguez Campománes.
XII
EDlCTO , LLAMA
NO
O
A LA OPOS
ICION DE DOCE
Capellanías Reales con que
se aumenta
IR
R eal C.1pi!la de
San
l~idro
,
trasladada
á
la
IgleJia de! Colegio qüe fue de
los ~
Regu–
lare
E y¡p,tsos de
/11
Complñia,
co1 la
denom111acion
deColegio
Imperial
de
Madrid.
Don Pedro de Aui/tl y Soto
del Consejo de S. M., en el Slt–
premo de
Castilla,
Juez Comisionado para la ocupaci0n de Tempo–
ralidades del que se llamó
Colegio Imperial
de Jos
R egulares
de
fa
Compañia
de está Conc,
huy
Ja 'nueva Real l'glesia' <le
San Isid'rq,
&c.: Por qu:into el Rey
(
Dios le guarde)
á
Consulta del Consejo, en
el .Extraordinario , de
veinte
y
dos
de este
mes. ,
.con concurrencia
de los Señores Prelados que tienen asiento
y
voto: en .él
~
há ,
veni–
do en resolver el alimemo de
doc·e
Capellanes
~Reales
'i
:á
los
que
hoy
tiene la Real Capilla
de~ S!in
lsidro ,
para '{]Lle' .traslfldada
á
fa,
'Iglesia del llamado
Co(egio Imperial,
que la hegniaidal:l de S. M . se
há dignado aplicarla , llenen los minjsrerios de Confesar, Predi,.
car,
y
explkar la Doéhina Cristiana , asignando
á
cada 1urro de
Ntm
Cane'iaaes
la renta .
.nu.;¡j
el~
once mil
eales.. .•s'in· neri'u icio