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PRO V INCIA
· crnnplirá la Congregacion de
San Pedro,
con
la ·
distincion
necesaria
:
contribuyéndola con los estipendios asignados.
5 A la misma se dexaron los Ornamentos· necesarios
. para un decente culto: aplicándose el soB:r11nte· á Parroquias
pobres, teniendo presente la de
Val de/Z Arco.
·
Sevilla.
1
EN
esta Ciudad, por el extrañamiento de lo's Regula–
res de la Compañia, y posteriores resoluciones de
S. M, quedaron vacantes seis Casas, cuyas aplicaciones se
expresarán con separadon para la mas fácil inteligencia.
:i
L as resolvió S. M, á
C~nsu lta
del Consejo de
~1
de
Mayo
de
r
768,
habiendo oído al Asistente, de acuerdo con
el muy Reverendo Arzobispo,
y
Regente.
!JI
Colegio de
San Hermenegildo,
con
el
Hospicio de Indias
adyacente,
y
el Campo,
ó
Huerta espaciosa , que se
halla
á
su espalda,
3
Por hallarse en este Colegio,
y
adjacentes , todo el bu–
que, comodidad,
y
proporcion necesaria , se destinan para
_Hospicio general, con separacion de hombres , mugeres,
y
niñas, poniéndose fábricas,
y
otras maniobras.
Casa Profesa.
· 4
En
aten~ion
á
éstár situada e.n medio de la Ciudad,
y
á la proporcion del edificio, se aplicó para establecimien–
to
de
la
Universidad literaria, con su magnífica Iglesia,
p~ra
celebrar los aél:os públicos , grados ,
y
<lemas
fun–
ciones.
, S Se dividirá la habitacion por su mucha ca pª cidad en
d~s
cuerpos
:
el unq para la
U
ui versidad;
y
el otre para Se–
~10ario
de Estudios , en que puedan habitar los Maestros,
y
admitir los Pensionistas que acudan.
·
Lo de
S. Luis ,
ó
el Noviciado.
6 Se destina para ?erninario
~leric~~-~, .~º-º- ~~.~~~e_:i~.~ .:-i;