AN'TJALU"C'..
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y)
S.
M.,
á
Consulta de
11
de
Mayo
de este año de 1769, se des–
tina para hospedage de los Clérigos seculares Misioneros,
que se establezcan, con arreglo
á
el Artículo
27
de la Real
Cédula de
14
de
Agosto
de 1768
(11)
en los Reales Semina–
rios de
Villagarcia
>
y
Loyola
,
con destino á las Misiones
de las
Indias,
é Islas
Filipinas:
quedando en lo interior un
Oratorio para el uso del Hospicio: cumpliéndose en él por
el Sacerdote que cuide del mismo Hospicio, las cargas esri–
rituales fundadas.
2
Se separarán las piezas necesarias para Aulas de prime–
T?.S
L etras, Latinidad,
y
Retórica.
3
I .os Ornamentos,
y
Vasos Sagrados, provisto el Ora–
torio, se repartirán en la conformidad que generalmente está
resuelto.
4
Y respeélo de quedar el H ospicio del Real Patron ato,
se remitirá el Expediente original á la Cámara, para que
por aquel Tribunal se dén las providencias oportunas á el
rég,i men de él.
(11)
Colee.
P."
ri.
11.
pág.
71·
San Lúcar de Barrameda.
·
1
HA
resuelto S. M, á Consulu de
14
de
Marzo
de este
;¡ ño , aplicar este Colegio, é Ig lesia, situados en
el Arzuhispado de
Se·villa ,
á la Congregacion , ó Ht rman–
dad, llamada de
San Pedro,
y
Pan de Pobres
,
con- puesta
del Clero de aquella Ciudad, para los fin es de su Instituro,
que son la curacion de en +ermos, y otros piadosos.
2
Pero se reservarán en el mismo edificio Aulas,
y
ha–
bi taciones para los Maestros de primeras L etras, L ati ni daj,
y
Retórica .
3
Se extingue la Cátedra de Moral, cuya enseñanza no
debe establecerse sinó en las Universidades, SeminariosCon–
ciliares, ó Cap irales de la Diócesi: tratándose con el muy
R everendo Cardenal Arzobispo de conmutarla en una ' de
Náutica, ó Pilorage, tan útil en aquel Pueblo, sin perjuicio
del Patronaro,
y
Provision , qne por la subrogacion perte–
nezca
á
D. Pedro Sanchez Berna!
por su Dignídad : arreglan–
do este punto el Consejo en Sala primera de G obierno.
4 · L a'S car as es irituales .
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