sel Reyno de Aragon.
76
l'lt'.jui adclánt perpetuamente en el dicho
btfo ae la bolfa de Infan<;ones
J
otro
de
la.
oficio,
en
Ja forma·,
y
nunera Tobre ·
Q.olfa de
.za.rag_o~a.
·Losquales afsi extra•
hayan
el
poder,'y cargo proximame r-
~ean
Inquilidores de la enquelh del
cho.
Y
afs1
fe.
eruado fnccefsiuamente en
0ficio de Iúfiicia de Aragó,defus.Lugaref
cada
y~
añ9,e1-,..,,, v ·,que los dichos qua• . tenientes,notarios,y vergúeros del dicho
trn
contadores ,
:i.~.
·
ngnadores, hayan:.
oficio• .Lossuale'$fean 'tenidos, y obliga•
impugnen' admetan·
&
defenezcan las
dos de 'tener,feruar,y cumplir todas,y ca
cuentas del año p.recw
nt
a fus o'fic10s.
da~nas
cofas en
fa
pre(énte ordináció có•
Los quales hayan
ddab~~
, . da vno de-
tenidas acerca·del'dicho oficio de la en..
10llos ,1h il
y
qttinientos
fo!,".
i\1:"
J,1r~efes.
E .
'queíl:a.E ha"yan tpdo aquel
póder~&
exer
los dicfuos cótadores,
t:
impug'c.
~e
es,ha•
50
ticio,que por füero,vfo, y coíl:umbre
del
:yan,y [ean tenidos hazer com(nua ,
dé~
?
i011no pueden tener>
y
deuen
hauer~
Lá
cia ,del primero dia del dicho·mesder.
1
extracion
fe
haya de hazer cadA vn
ni© adelante,alli a donde fe terna la dicha
de lasfobredichas periona·s alterna·
Diputacion; haíl:a el dicho
quin~erto
dia
nte.enel dicho dia,mes, tiépo, y
ltt~
del
mes de Iunio. E
deh:lic.üoprimero
gar-, ;i10do,y forma en
b
prefente ordina
.dia del dic'ho mes de Iunio,
fafü
el
dicho
ció di'-:· eíl:o. ,_De manera,que el año que
quince1;10 dia del dichomes iñclufive,fe:in
fetan
o
ad"ores,e impugnadoreslos ex4
tenidos los dichos cótadores,e 'impugna-
'tra6l:ós de, bolfa de Perlados,
e
el fegú-
dores enfemble con los Diputádos nueua , do éxháétb e la bolfa de Nobles, y el de
2&
mente extraél:os,dcmcro del diclio tiempo
t$o
la bolfa de In '· <¡'ones, & el de la bol
fa
de
oyr,admeter,repúdiar,Íll1pldgnar, & difi..
Zarag'ó~a;
vno , cada vna de las dichas
nir las dithas cuentas,íegli por las prefen-
1Dolfas)c0íno
~ rti.B,
s difpueíl:o; fean In-
tes ordinaciones
~íl.a
dífpúeíl:o.E feneó-
quiíidores de la <lidia enql\eíl:a del dicho
do
el
oficio, y e:x:erd<tio de lou!iésii.Q.·
1uíliciá
de
Afagon,los ottos ehraétos do
tad~~ugnadoFes,fean
te1,1idos los-
11f-'dt)1'flde capitulares,& el pfimcr,extrae
~Slnquiíidores
én
la
foril1a,y mane.:i
to
de la bolfa de Nobles,
&
el
'cle
la bolfa
ra fobredicha hazeF e;
>rtraci.ohd9 canta-
de CauallerOs, & de la bolfa
dé
Vniúeríi-
dores,e impMgnadores,pará düihas cuen.
clades fuera de la
di~ha
ciudád de Zarago
tas
el
tercero día del mes de Mayo
.l
á
fa-
<¡a,vno de cadauná ae las
sienas
bolfas,co
her es,vno de b@lfa de Inquiíidores
ca.pi;¡,
me
arriba dicho es.
E
alisi akernadanlente
tu!ares ,otro
el
que primero
fera
efüa'1:o
7o
en
cadaüli año;eri la forma,
y
n1ánefa;dia,
30 de la bolfa de l9sNob'leli' otro de la lJolfa
y
hora,tiépo;
y
lugar arribia r_ecil:ados. E
de los Caualleros, & otro de lá h>olfa de
delos dichos
cótadoré~;e
impugn:id_oresj
vniuerfidades fuera de
Za'rago~a.
Lasqua
el que defpues de ferie int.imado el dicho
les quatró perfonas pi;oximaméte recita-
fu
oficio no
aceptar~
aquel, i:ti verná a
ju
das,fean Contadores,
i!
imptigmadores de
Jlai;,J'€Íldir,& e:Xercir el dicho oficio
den~
las .tlicliás cuentas,&featenidos,y obliga-
bro en los tiempos,de la fomfa,y1tianera
·dos preíl:ar juraméro,y hoH1enage,afsi,&
por las presétes ordinaciones difpueíl:os,
fégüri
arribá
efü
recitado en la pi;efente
juíl:o impedimento ceífant >fea priuado
üt,dinacibh:& fai et tener,foruar,y cum-
por tiempo de tres años
del
dicho oficio1
plii·
todas,
y
cadá
V<Íl as-cofas~n
la preséte _
.
,
,
,
,
.
~i'd~iiácio di~~ueíl:asjac~rca
de los dichos
so
Forma
de
la
eleéHon
e
40 cbhtadores;c tmpugpadores.E hayan to-
,
' ,
do aquel poder;junfdicion, & exercicio,
nominacion del examinador
.que por la
prefe~te
ordinació_es dado., y
de'tontos.
atribuido de la pane de arriba a los con–
tadores,
e
impugnadores. La qual extra.;
cion de los dichos tjtiatro cótadores,e
iní
pugnadores,fo haya de hater en cada
~ri
año,en elmodo,forma,y marierá fobrediJ
cha alternadamente.
E
los otrosquáÍ:toja
fabcr es, vno de la
bol.fade Prelados,otró
fcgunª-o
~xtr.~éh~
ds
!a
~2lfa
d:_
~o~!~s,
)3
P?rque paría fer, faiiiendo los
df
chos
quatro contadores; e irnpugnadore$
por fuertes,
y
extraél:ion' como arriba eli
dicho,fallir tales períonas,q no feran a[si
plenamente aptas,c fufidentes ennatura
de cuentas, como es meneíl:er para el
di-
.
~~~ 9fi\;!~:. 9r~?namos,
que los
dicho~
~
4
qu~tr~