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35

tentes

,

i!estinándolos á los fines . útiles y píos

,

que se expl'esan ·en la

R eal

Pragmática-Sancion

de

2 .

de Abril de

1767 ,

.y

pertenecer-#

S. M.

el Patronato

,

é

inmediata protecc1on sobre los Estable_&imier¿tps

á

que se digne aplicaros

,

como lo pide su perm'une11cia· y..mejor cum.:

plimiento.

.

'

.oc

E11 consecuencia há acordado el Cornejo

,

en el Extraot:dinario·

c_,ele~

brado en

2+

de este mes

,

con asistencia de los mismos

Señor.és

Prelados,

disponga

V.

que en la Cas11 ó Colegio que fue de dichos

"'Regulares,

eli

·

cuya ocupacio1i de T emporalidadeslenti.ende

V: se

borrien lf!S zínma de;

la

Compañia,

colocándose en

JtJ

tugar /os ·Escudos,,Reater, , rá ios[tJ de,_>

die-has Te1hporatldades

,

con toda curiosidad

y

aseo2; -pero.ouídan'i:lo,rM1

qúe en el costo

y

disposicion se observe la debida .el:o.nomfa·

JI

_órden;

formalizando diiigencia

,

y

dando cuenta.por mi máno

de~quedar

'exe–

cutado. Encargo que al quitar las Armas de la

Compañia

se coloquen

las Reales

,

teniéndose prevenidos los Escudos Reales.

-

Participo/o

á

V.

de órden del Consejo para

stt

inteligencia.;

;Y

cum–

plimiento. D ios guarde

á

V.

mucho°s

.añoJ.

Maarici

3

1

~ .de

.:Julio

de

1768.

Don Pedro Rodrigltez Cam-pbfuánes.:ii:i

¿¡

,,,

1

úr

· e

•4

V

:.

')

~~

t

!<

J

.

R!JAL

.,CEDUL'A

DE S.

M.

1

Y:

SE/í0RE3S

2

'pEl

CfJYSEJ8,,

en el E i traorl!inario', d 'que" consig111°'Jhie á >lo

1~suJ1ú,

á

¿onsultll

del mismo

,

con asistencia lle los SeñoreI Prelados , que tienen asiento

y

voz en él, declara S.

M.

devuelto

á

su diipoJiciol'I

j

como R ey

~

y

Suprema Cabeza del Estadq

,

· el d,ominio

pe

los bier!es ocupados

4

.

los

1

Regúlares "de la Compañia ,

estr.1:"íados d? )estos

'Reynos ,

los

_de

Indias ,

Islas

adyacentes

;

~ ~~erten'~~et•

4

S.

ff·

"ta proteccion

inme<Jiata de loI píos EJtableí:imie11tos

;

á

1ue

· se

sirve destinarlos,.

conforme

á

las reglas diret'livas que se expreskn.

,

D

r

¡,

'.

, Ori Carlos, por la gracia

qe

Diqs

;<~l!'y 'de 'Castilfa;

de

tedti~

de Aragon , de las dds Sicilias

' ~ d~

'

1

erllsa-~.en ~ _ de

Ná-ifarfa

~r ~¿

Granada , de Toledo, de

V

;¡lerl~ia

;

M

Galicia, 1. de IVIaIIofca,

de·

s·evilla , de Cerdeña , de Córdoba , de

tfücéga

,1

efe

Murcia ; de

Jaé_n ,

de l<!Js Algarves ; de Algecitá,

~ de

·GiBl-altar , de las

hlás

de

C~naria~

; de

"las'

Indias

Orienr'ale~

;_

y'

Oc~id'e'lfüilesº,ºIsfa~ ,

y

Tiirra.~Eir'r'n'e

é!\,J

M-;,,..

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