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s6

respeél:ivo

eargaréme

,

de

la

cantidad recibida , para que en su

vir~

tud se le haga por el Contador el debido cargo ,

é

intervenga la

Carta de pago formal , que con

el visto bueno

d-1

T esorero general,

há de dar el Depositario á favor de la persona ., que hicies.: el en-

trego.

.

·

IV

Igual regla se há de observar en el a iento de las partidas

de data , recogiendo el Depositario .para Ja suy· el

L ibramiento,

ó

aprobacion del Consejo, con

el

recibo '6 recib?s correspondientes,

la

intervencion del Contador , y

visto bueno

de! 'tesorero general.

V

El Contador no solo há de seguir Ja rigurosa .intervencioa

ele cargo

y

data del Tesorero general , sin6 es os cargos interinos

de todo Jo que perciban los Tesor ros del Exército de los Suf.idele·

gados ,

ó

Depositarios particulares ; sentando los rer:ibos de cargo

que di¡>ren Jos expresados Tesoreros de E xérciro, y en cuya

vir~

tud se hán de dar las Cartas de pago for males por el

D~positario

·general , á favor de Jos sugetos, que segun ellos, conste haber he·

ého los entregos.

VI Cuidará el Co tador, por la cu nta que há de llevar de ló

que perciben Jos Tesoreros de Exército ,

d'e

su efoél:ivo ingreso ,

ó

reintegro

á

la Depositaría gener:tl ,

y

verificado se restituirán á los

Tesoreros de Exercito sus recibos de ca rgo interinos ; pues perci–

biendo esios caudales en calidad de depósito , no les há de causar

cuenta , verificado haber puesto su importe en Ja Depositaría gene–

ral, cuya inspeccion há de estár al cuidado del Contador de lnter•

vencion.

VII Formará desde luego , con Oficiales que se le destinan,

los correspondientes Libros de Inrervendon , de cargo y dara del

Depositario general,

y

los interinos de los Tesoreros de Exército,

con el método y formalidad que se praél:íca en

Ja

Tesorería ge–

neral , y con el conocimiento de ·1-0 que es mas propio y adapta–

ble

á

la mas clara ,

y

mejor cuenta , y razon de esta Comision.

VIII

Eh

Jos casos de ausencia ,

ú

enfermedad , que prive

al

Contador de Intervencion de la asistencia al desempeño de su car–

go , le sustituirá·con la misma obligacion

el

Contador de la Teso•

rería general , su compañero , como está mandado , y se praél:íca

en lo!i asuntos de la misma Tesorería general.

.

IX

Si por qualquier motivo faltasen uno , y otro Contador de

Intervencion de la Tcsor.ería general , teniendo S. M. habilitados,

ª!ª

~~te_~~~

,

_á_~os

dos Oficiales mayores de los negociados da