H
II Con arreglo
á
ellas,
y
á
las providencias qul? dará
el
Con-
~ejo
á todos los Subdelegados, despachará las
mas
prontas, y opor–
tunas órdenes para su cóbro, concurriendo con su llave
á
todos los
entregos que se hagan en el
D~pósíto,
y
á
los pago5 que se ex
cu–
ten en virtud de libramientos
6
aprobaciones del Consejo, rubri–
cando en el Libro maestro las partidas , y asientos éorrespondien–
·tes,
lll
Sí conviniere que los ref'eridos caudales se pongan en las
Tesorerías de Exército, de su respeB:iva demarcacíon, dará las ór–
denes correspondientes
á
este fin , remitiendo
á
los Tt!soreros de
Exército un
formulario
del recibo 6 resguardo
1
que deberán dár
á
los Subdelegados 6 Depositarios particulares, por quienes se pre..
sentará original al Tesorero general , pará que disponga , que re:–
cogiendose este por el Depositario general , se le haga el cargo de
su importe,
y
dé la correspondiente Carra de pago formal, con la
intervencion del Contador , y
visto bueno
del Tesorero general,
pa~
t'a
que con este instrumento justifique su data: el Subdelegado ,
ó
Depositario particular que hizó el entrego.
IV
Siempre que éonvenga usar del caudal en el mismo destino
conde extstiere , lo hará el Tesorero general en virtud de
crédito;
del Depositario gener2l , intervenidos por el Contador, los que pre–
sentados cori los recibos
á
su continuacion , se darán igualmente
las Cartas de pago á favor del que ios haya satisfecho.
·
V
Qúaado el Tesorero general haga conducir de las Tesoreríu
de Exércíto , 6 por los Subdelegados
y
Depositarios particulares, el
caudal exfstente, dará las órdeaeq convenientes para que se exe–
~ute
con el -resguardo , seguridad,
y
menos dispendio , que se acos–
lt!mbra cott los de la Real Hacienda.
VI
Aunque por ahora se determina
e1
nútneró de Individuos
y
t>ependiemes dé la Tesorería general , que respeB:ivamente debe11
servir eri esta Comisiort , siempre c:¡ue por las succesivas ocurren–
_qias sea necesario el aumento de alguno, 6 ocurra alguna vacante,
propondrá al Consejo
'el
Tesorero general lo c:¡ue tenga por conve–
niente
1
en uno, 6 otro caso , para que se digne aprobarlo.
VU
Siempre que en lá práB:ica
y
<lesempefio de esta Comision,
Ocutta algun mte o mo ivo , no prev nidu en esta Instruccion,
lo
hará presente el Tesorero general al Consejo, para que acuerde
Ja
regla que deberá seguirse; gobernandose , en todo quanto sea
•
~
ue está.tLe tablecidas
se observan eu la Te_.