,, pete
a
la
Regalla
indubirablementc
d
,, Patronato en las cosas
y
bienes ocupa–
,, dos, segun queda demotrsado: los va.
,, salios interesados
y
aun
los ordinarios
,, reciben de esta declaracion las mayo–
t'
res ventajas : en nada se
disminuyen
las
,, qne sean funciones
Eclesiasticas , ames
,, se protegen
y
promueven
a
su sombra ;
,, y
lo que es mas
importante ,
rec.ibc11
,, una
estabilidad perpetua que
aleje el re–
,, celo de la menor relaxacion en
quacto
,, se disponga,
cuy
o recelo no podria ven–
,, cerse dcsprendicndose la
Regalia
de
n11:a
,, inmediata
proteccion, por
la qual cla..
,, man los derechos
y
l~
pt1blica
miliJad
.,, de su
permanencia.
,, La misma ap\icacion
ira
descubrien–
" do el
exercicio
que ha
de tener
la au.
,, roridad Real ,
el
que
tenddn
los Or ..
· ,, dinarios
Eclesiastices ,
y
las
meJida~
,, que
se hayan
de guardar respeéto
a
los
,, Patr0n9s
paniculares.
,, La aplicacion ,
y
aun
antes .de
lb
~'
gar