,, Cf!s os
de neccsidád
o
utilidad pt1blica;
y
,, tamoie n
los Reverendos
Obispos , en
,,,
lo
qne tenga. rcspello
a.
su
jurisdjccion
,, cspirirna l, tienen declaradas posirivamen..
»
te las f.a culcades que sean . necesarias en
J>
el
Concilio de Tremo, quando concur..
,, re justa
y
necesaria · causa , ·
y ~
·no
pue.
,, de haber ninguna que lo sea-
mas
que
,,
la de haber
faltado
·perpetu.amente
los
,, ReguLues, en
cuya
contempbcion ... se
,P
hizo la fundacion. / Esto basta para no
~,
entrar en disputas
y
qüestiones
que
se
n
deben
escusar.
,, Los bienes que rengan alguna carga
" pta habd.n de
responde-r
a
ella, si no fuere
,, tambien
justo
y
necesar_io conmutarfa
,, con interve1.:icion
del
Diocesano en
lo
,, que convenga ,
y
corresponda.
,, Cumplidas
asl
las
carvas,
tanto
el
....
,
,, sobrante
de estos bienes , como Jos de..
,, mas que libremente adquirieron los Re–
,, gulares de la Compañia, podran
ser
,, aplicados indifere1i1rementc
a
qualquie~
" r.a