del Reynó
de Aragon.
_ '
9
o
:Oátürat de
la
ciudad de Calataywd,def pr.e
expreffa,
y
no de'otra
mailer,a;qt~e
por
'ta
feni:e
R:e~:
ha muchos_años que Grue a
prefente abilitacioR, no fea "Gcrufado
per~
.
fu
Magefü~n
muchit fatisfacion fuera
juyzio a los fucros,aétos de corre,liherta.
del preíente Rt:yno.
Y
que para tener di·
des, obferuancias, vfos, y ccíhanbres del
cpos
oficios en t:l no ha hecho la platica
pr'efenre Reyno: ni pueda .fer
~ray_da
en:
po~
fueros del prefence Reyno difpuefl:a.
cófeqnencia. en ningun tiemp(,mas·que
Su Magefiad,de voluntad de la Corte,con
fi
feCf10' no fuera,quedando
el
aéto de Cor
proteíl:acion exprdfa,que la prefente abi '
t e:
que diípon.e, que no fe puedan conuo–
litació no pueda fer frayda en confequen . · car,
ni
tener cortes en lugar que fea de
cia en tiempo alguno,mas qu'e
fi
fecha no
menos de quatrozientas calas, en
íu
foer-
10 fueífe: habilita al di<:ho Dotor francifco
40
'ia,efficacia, y valor, como Glo fobrec;li-
de Seífe, para qµe pueda tener en el pre• .cho no fuera diípcmfado con
.el,
por
eít~
fente Reyno dic,h os oficios,no obíl:ante di
vez t¡\n folamente.
c'lia
fa!'ta de pbtica,quedado los dichos fue
·
rosenfu1uifma eficacia,firmeza,yvalor.
Ábilitacion
dGJ
dia de
Abilitacion
dd
luga~-
Paísio Imaginis.
de Binefar.
A
Tendido,que por fuero del prefente ·
1
'
._ Reypo,el dia de Pa(sio I1:naginis, que
L-
A
Co'rte,
y
quatro
bra~o$
de
aquella;
es
a
nueue de
I\~uiembre,
es feriado,
y
~o t~niendo
refpeéto,y conf¡deracion
~
que dicho d"ia
fe~
feñalado,y diputado
· lá
poca falud que ay en "la villa de Mon-
50
p.~ra
el juramento de fidelidad que fe de-
'ion, ylaindifpoficion de
fu
Magefl:ad :
y
ue preítar al
Sc.renif~~ -
o Don
FeI.ip~
de
que para
fu
~onualencia
_le es
n~celfa.· ~uítna,
prunogenrto .,,
1
Rey nueíl:ro fe·
rio, de confe10 de los Med1cos, íahr de la
nor. Su Magefiad de vol ntad de laCor·
prefe'nte villa,y mu:qar' de ayre;como
~n
te
~~bilita
dicho dia, ylo da porhnbil,
y
eff'eétd fé ha ydo al lugar de Binefar: en
jund1co,para qtte en el fe pueda preíl:ar,y
conf9rmida~
abilitan dicho lugar ·de
Bi-
celebrar dicho juramento,y los aél:os del_,
nefar,del difl:riétu,ter.ritot io;
e
jurifdició. con las protefl:aciones,y faluedades necef..
de la vi\la de
Mon~on,
para que denfro
farias, y en femejantes
aét~s
acofl:umbi;a.. _
dela IgleúaParrochialdel dicholugar,fe
das.
Y
que dicha habilitacion no pueda.
';"O
pu¡¡:
da hazer,tener:,y:celebrar
el
aéto del
()o
fer trayd;i en coníequencia,
mas
que
fi
fe·
Solio de las prefentes cortes, por las ra-
cha no fuera: quedando el dicho aéto
d~
z~ncs
fobredichas,
y
cdn. protefiacion ' Cor_te en
fu
fuer~a,eficacia,
y
valor. .
Sub fimili1forma,fue al:Jilitado
pot
{uMageíl:ad,de
volunt~d ~el~
Corte,
- - - - ...
~
· ·
~¡ Q,eµlin~p ~ 8.~
9.e
Qeziembre'.
1ACTVS
~-~
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