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Altos

de

Cortes

P

Or

fuero y

iíél:os de Corte, eíHi íl:!tuy,:-

por aél:o

p~líco

teíl:ificad

o pói

el

dicho

do y ordeníldo, que en cada vn ano fea

Nocario,o fubfütuto:

Y

en

ca.fo

que

el

di-

exttatl:os ocho Diputados, dos de cada

cho qrden no pufieren,{i

aqu~exare

de

bra'io, en la

fornía,

y tiempos ya efl:atuy-

guardarfe: que todos

I~rentes

fean

dos y deúgnados,para que rijan,y exerci

multados,y punidos en la priuae::iódelfa-

ten los dichos offic1os,a cuyo cargo efün

lario de aquel diaio dias que faltaren,y a-

lias

cofas por fueros,y aél:os de corte,a[ di

quello fea aplicado

a las g

eneralida©es del

cho officio,a[si tocantes·exercicio de ju-

50

Reyno.

E

porque

lo.fu(

odidrn, deuida-

rifdició,como otros poderes,y facu!tade·s

mente fe gu:irde, ordena, y eilatuece

fu

eíl:ablezidas.

Y

a

vezes ocorren negocios

Alteza,que [os Contadores,al tiempo que

10

arduos, que por falta de refidencia de có-

el Adminiilrador de la-s Generalidades

uiniente numero deDiputados,commoda

del Reyno de Aragon, da fus cuentas,

mente no

fe

puedé proqeer.Porende fu Al

como por aél:os de corte eíl:á-efl:atuydo,

teza de voluntad de

la

corte y quatro bra

y

ordenado, fean tenidos mandar traher

c;os de aquella,eíl:atuece y ordena:qµe

to

e!libro,que

el

Notario extraél:o,ofu fubf-

do el año hayan de refidir en la Ciudad éle

tituto huuiere hecho ,

y

por aquel man-

Zaragoc;a perfonalmente cinco

de Jos di

dar: hazer la cuenta a cada vno de los di-

ehosDiputados: entre los quales haya.de

chos Diputados, de lo que defalcar fe le

hauer vrro de cada brac;o. Los qtlales cada

houiere, por razon de las dichas faltas

e

vn dia juridico hayan de a[sifür, ceffante

-abfencias,y aquellas cargarlas al adminif·

legitimoimpediméro,en

1

scafas de la Di

óo

trador,comoquantidades que han de que-

20

putació,e en el retrete

níl:acia do acof-

dar a prouecho,y vtilidad de las g·enera-

tumbran losDiputad -$de afsifür, d.efde

Edades del dicho Reyno ¡todos los otros

fas nueue oras,haíl:a

.s onze ante de me-

fueros, y aél:os de corte, difponientes

fo-

diodia,fopenade plrder el falario del dia

bi:e la rdidrncia de los Diputados , re-

que faltare los

d~hosdias

y

horas: e

g

el

manentes en

fo

firmeza, eficacia,

y

va-

Notarioextra&o, ófofobilitutohaya de

lor.

afrentar en cada vn día los

q

vinieren

a

ha

zer

1a

rurqdicha refidencia,

e

los

houie-

De

1

falario de los Por...

ren faltado de los dichos Diputados en

el

dicho dia.E para que mejor puedan fofre

teros de Dip1:1tados, a cartas en

el

n~r

los gailos, que por eila

refid~ncia

hi-

0

mifmo original .del Proto-

30

z1eren.,y

fe

les offrec1eren,fe afs1gna fcys

7 ·

notario.cccxcvj.

milfueldosdefalario en cadavnañoa ca

da vno dcllos:inclufoslos tres

mil

fueldos

O

Tro fi,por quanto los Porteros de

lo~

que hafl:a ahora por aél:o de corte les efl:an

Dipunados tienen poco falario, para

coníl:ituydos,

y

afsignados, pagaderos de

poderfe fuileptar,

y

bien feruir fus offi-

las generalidades del Reyno de Aragon,

cios:

fo

.Alteza de voluntad de la corte,

en

el

tiempo, y de la forma, y manera

ya

eilatuece

y

ordena, que a los dichosPor-

por fueros,y aél:os de corte eilatuydos.

E

teros,ya cada vno dellos, a mas de los

fa.

porque lo fufodicho deuidaméte fe effe-

larios,drechos,~

cofas

ya

por fueros

y

ac-

é'l:ue, eíl:atuece,e ordena, que los Diputa-

tos de corte>a:ellos atorgados

y

con_cedi-

dos,ddpnes de tres dias ·que houieren

ju-

~os,

fe

les de en cada vn

aiñ0

dozientos

rado, to©os, o la mayor parte en

el

dicho

füeldos, de las generalidades del Rey

no~

officiG,fean tenidosde dar,y poner orden

80

p31¡a ayuda de los veRuarios >pagaderos

entre fi,

y

los ourns fus Códiputados,como

en cada. vn año

el

primero de Iun.i'o.

4ola

dicha

refidencia de cinco Diputados có-

'

.

tinuamente eh la dichaCiudad,comodi-

De los dr'echos

del

ge~.

cho es,fe obferue:poniendo,y defign'ádo,

c_a_da vno de

!os

dichos Diputados,por que

neral, a €artas en el regiilro mifo10

t1epos del ano haya de refidir,y eilar en la

del Protonotario.cccc.

dichaCrndad,como dicho es,a fin

q

fiem–

pre firuan cinco Diputados perfonalmen

, te en

la

~ic,h~ queja~. D.~

lo qua!

~en.U~

L

o

s Re

gnicolas del prefente Reyno,

y

1

.•

~!

r.os

~fir~11gcr~~

que pallan pfcor el

on