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\;

Altos

de

Cortes

Del augmento 'd'd Sa..

De

los

emolumentos

lariodeICanceller de fas·competencia·s,a

·de los

Verguer.os

.de la

C~~~l

Iufücia

cartas en

el mifinor.egifüo original

de

Aragon,acanas,,en~ttrno

orí-

.del

Protono.tariq,CC{)CV..

.ginal

delPrO!

onotar.rn,

ccccvi~j.

EL

fa~ariotle1

~a~ee~l~r, ·ele l

a ,compe-

S

V

Alteza de voluntad de

h

corte,ella-

tenc1a 4e las

JUr1fd1c10

n.es, <¡ue

fe

le

tuece.

e

ordena• que los Ver,gueros de

1

acofüunbra.pa~

a~,

de fas genera.tidades

,

.la

corte del lufiicia de Aragon , puedan

ro

de

l

R

eyno, es·m1l fuelclos,

y

pai;ece fer

JO

Jleuar, y

fe

les haya de pagar por icada

vn.

tenue,

Y'

el

trabajo

gr:an

de, -que por

ra-

itcfiigo que citaran {eys cli:ncros.

.zon de fu cargo

fe

le olfrece:fu Alteza de

volú•fltadde la

cor.ce

d.i(pone,que

el

dicho

l

["

.

d d

re

falaóolefeaal]gmétádode otrosmilfuel-

)as ieguct a

'es, ·qµe

~e

'

dos, que hazcn

fama

de dos

mil

ifueldos

.nan de recibir de los que han de fer

ea

cada vn año. Los qua1esfofeaa•paga-

adrnit'idosalJrrendamientodel

dos

de las ,generalidades

dd

Reyno

d~.

general. del.año

iJ64·

Arsgon, en los tiempos,tandas,formas,

y,

S

V Magefiad ·de voluntad de la Corte.

maneras, «JUe los otros mil fueldos, hafia

proueyéd©,a que las genernlidaclesdel

aquí fe

leha

acollulllb>aclo pagar.

Reyno,no dexen <lefer arrendadas .a·quié

.

20

;6o

<lieFe bafiante fe,guridad, efiatucce,y

or~

De

o

ffi

ci

o d

,..ADip

uta..

.

·dena; que. ·qualquiere ·que

al tiempo

.

d.el

·

.f:T

J

arrendam1.ento del.general ofrec1

e.re cen-

~<'>~yQtros

officiales

elReyno~

a cartas•

fales fobre

el

general deAragon,

ofoh

.re

en

el

mi(mo or· ;i•nal del Preto-

lugares Realencos,

·0

·dinero-Oepofüado

a1otar·¡5;ccci;:vij.

en la.

tahb

de Zarago<ja a nombre .

de Jos

LOS

.oficios .del eyno ella:n <liuididos·

Diputado·s del di

cho Rey

no, hafia

e.n.fü-

Y

repartido·s entre los quatrohra<joS

ma,y

quat.idad de

vei.n.te

mi!libras laque-

de a<:Juel,juxta

losa.éb

os de

i;:orte.

Y

los

fas en•<hnerncontado confornie ala capi-

que eí¡aninfac-ufa<l-os por.al,guna

vniuer~

tulacionde.I arrendamiento,,fea.ad.111.i.tida;,

fülad., mudan <le domicilio, ¡paífandofe·

eón que n©

fe

puedan facar,ni lewantarde

". a mo

rar y 11.a.bitar c

on

fo

·cafa

y

familia a

7()

fa d.icha tabla fas dichas cantiidacks, que

otra,

por.laquah.oe'

l.Hinfaculado:yfifoe-

_ efiaran depo.fit¡idas

dur~t·e

el ticmp.odeil

re excraéto en alguno .de los dichos offi-

·aurendamiento, y hafia auer cumpbdo,y

cios, es admetido al exerci<;io de -aquel,

pagado toda la reíl:a del trienio.

Y

que

ea

de

que >edunda perjqdicio a la prime-

los dichos cafos,fea adHütido por !osD1-

ra vniuerúdad,por la qua! infaculado fue,

putados del prefente Reyno para poder

queriendo preueer cerca cfio oportuna-

mandar, y arrédar el dicho ari;enda.uuen-

numte,fu Alteza de voluntad de la corte,

t:o del general; con

efiG;.q

io's dioo<ilsoeon·

or~ena,

que el qt1e fuere infaculado de

a-

traél:os cenfalcs fobre Realencos,fe den,y

qui adelante en algunos officios del Rey-

entreguen a los dichos Diputados, corno

no,como.vezíno,y habitador,o natural

de

fe acoihunbran dar los

contra~los

de lo

~

,

alguna Crndad, Villa, o Comunidad del

cenfales cargados fobre

el

general;

pa.ra

q

4

0

R~yno,y

al.tiempo que extracto fuHe

ell!

8

en cafo de lniciones cle losdichos céfales

algunos de los dichos officios,por tiempo

0

no fe pueda hazer fin afsi!lenc1a de losd1-

de_ tres años,antes huuiere mudado

fu

do-

chos Diputados;

y

éj

el

dinero de las tales

n~1cil10,

e

hahitació,confo familia,fi la

tu-

luiciones

fo

depoíite en [a dicha tabla'

y

Uiere,a otra Ciudad,Villa, o Comunidad,

de alli no fe pueda

faca~

,fino para cargar-

o.

lugar, que no pueda obtener

el

taloffi-

los en partes de Realécos tan feguras,naf-

<::10,en que fuere cxtraéto:ni fer admirido

ta la dicha fuma,y cantidad deveinte

1ml

al

exercicio d

e aquel:

antes bien fe paffe

a

libras Iaquefas cóforme a

Ja

dichaCapiru-

extracion de

otro.de

la

mi(iu;¡

bolfa,habil

lacion.

y

hechios los cargamientos,fe <len

Y

fuficiente, fogun los fueros,

y

aétos

de

los cótraél:os céfales a los

Di

piutados

para

f~rte

del dicho

Reyn~.

toda feguridad del

~icho

arrendamiento.

ACTVS