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mos, y decidir s1 deben hacerse y hasta que

suma;

3.ª

Nombrar al Gerente, al Abogado, y vi–

gilar el cumplimiento de sus deberes, pudiendo

suspenderlos y aun destituirlos por rnayoria ab–

. soluta de votos, si no desempefiaren satisfacto–

riamente sus respectivos cargos. Esta determi–

nacion solo podrá tamarse en Consejo pleno;

4.ª

Nombrar los empleados del Banco, con–

sultaudo

la

opinion del Gerente, fijar

y

bastan–

tear sus fianzas y separarlos cuando convenga;

5.ª

Fijar el sueldo de los cargos y empleos

antes expresados,

y

detallar las obligaciones de

cada

uno;

6.ª

Determinar oportunamente las cuotas

que hayan de entregar los accionistas;

7.ª Fijar los dividendos que anualmente

deben distribuirse

á

los accior.istas;

8.ª Presentar á la Junta general de accio–

nistas,

y

en la época designada en el artículo

4

6, una rnemoria ilustrativa de las transacciones

ejecutadas y del Estado del Banco: proponiendo

las modificaciones ó rnejoras que en su concepto

fue1:en de conveniente adopcion;

9.

ª

Convocar

<:.t

Junta general en los casos

á que se refieren los artículos 45

y

46, ciü{ndo–

la tambien extraordinaria.mente cuando lo juz–

gue conveniente;