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mos, y decidir s1 deben hacerse y hasta que
suma;
3.ª
Nombrar al Gerente, al Abogado, y vi–
gilar el cumplimiento de sus deberes, pudiendo
suspenderlos y aun destituirlos por rnayoria ab–
. soluta de votos, si no desempefiaren satisfacto–
riamente sus respectivos cargos. Esta determi–
nacion solo podrá tamarse en Consejo pleno;
4.ª
Nombrar los empleados del Banco, con–
sultaudo
la
opinion del Gerente, fijar
y
bastan–
tear sus fianzas y separarlos cuando convenga;
5.ª
Fijar el sueldo de los cargos y empleos
antes expresados,
y
detallar las obligaciones de
cada
uno;
6.ª
Determinar oportunamente las cuotas
que hayan de entregar los accionistas;
7.ª Fijar los dividendos que anualmente
deben distribuirse
á
los accior.istas;
8.ª Presentar á la Junta general de accio–
nistas,
y
en la época designada en el artículo
4
6, una rnemoria ilustrativa de las transacciones
ejecutadas y del Estado del Banco: proponiendo
las modificaciones ó rnejoras que en su concepto
fue1:en de conveniente adopcion;
9.
ª
Convocar
<:.t
Junta general en los casos
á que se refieren los artículos 45
y
46, ciü{ndo–
la tambien extraordinaria.mente cuando lo juz–
gue conveniente;