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de Vi:ncido el plazo fijado, serán multados con

el interés del dos por ciento (2

pg)

mensual,

hasta que los hagan efectivos; si trascurriesen

noventa dias mas desde el plazo señalado, sin

pue hubiesen verifieado el pago, perderán en

beneficio del Banco las cantidades entregadas

por sus anteriores dividendos, y de hecho dis–

pondrá éste de sus acciones; salvo los casos ex–

traordinarios de fuerza mayor, probados plena–

mente ante el Consejo: quien resolverá equitati–

vamente sin que haya reclamo mnguno de su

decision.

ARTICULO

43.

Está obligado todo accionista que se ausente

de Lima

á

poner en conocimiento de la Geren–

cia, quién es la persona apoderada que deja en

la Capital, para que pague por él las cuotas que

señale el Consejo.

ARTICULO

44.

Los accionistas tienen un voto por cada ac–

cion de diez mil soles; y no tienen derecho

á

vo–

tar aquellos, cuyas acciones no hubiesen sido

inscriptas en el registro de la Sociedad.

ARTICULO

45.

Es obllgacion del Consejo Directivo convocar

~t

.Jnnta general de

acc

jonist.as, cuando la pidan