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de Vi:ncido el plazo fijado, serán multados con
el interés del dos por ciento (2
pg)
mensual,
hasta que los hagan efectivos; si trascurriesen
noventa dias mas desde el plazo señalado, sin
pue hubiesen verifieado el pago, perderán en
beneficio del Banco las cantidades entregadas
por sus anteriores dividendos, y de hecho dis–
pondrá éste de sus acciones; salvo los casos ex–
traordinarios de fuerza mayor, probados plena–
mente ante el Consejo: quien resolverá equitati–
vamente sin que haya reclamo mnguno de su
decision.
ARTICULO
43.
Está obligado todo accionista que se ausente
de Lima
á
poner en conocimiento de la Geren–
cia, quién es la persona apoderada que deja en
la Capital, para que pague por él las cuotas que
señale el Consejo.
ARTICULO
44.
Los accionistas tienen un voto por cada ac–
cion de diez mil soles; y no tienen derecho
á
vo–
tar aquellos, cuyas acciones no hubiesen sido
inscriptas en el registro de la Sociedad.
ARTICULO
45.
Es obllgacion del Consejo Directivo convocar
~t
.Jnnta general de
accjonist.as, cuando la pidan