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-16-

·dad de los hechos y aplicar

á

ellos la ley per–

tinente, sin consideracion alguna al daño

ó

pro–

vecho que pueda sobrevenir

á

los interesados

en los juicios, ya

se

trate de intereses naciona–

les, ya de los de particulares, cualesquiera que

sean su posicion:-:"ó

su

estado, votaria induda–

blemente por

la

~1ulidad

é

insubsistencia del

contrato Dreyfus herrnanos

y

Cª,

porque la ver–

dad del hecho es, que se ha celebrado un con–

trato sobre bien nacional, con mnision del trá–

mite de ·remate,

y

la ley declara nulo el

·~acto,

por la referid

a

omision. Mas, un ciudadano, co–

mo representante del pueblo, con10 n1ieinbro del

Poder Legislativo, para quien, en tales casos, la

justicia, la equidad y los bien entendidos inte–

reses del país, son la verdadera

y

única norn1a

de sus procedimientos, su opinion y su voto

concienzudo, serán precisan1ente porque se de–

clare:

QUE EL CONTRATO DREYFUS ES IM–

PERFECTO

É

INCOMPLETO;

y

porque

se

di–

ga al Peder Egecutivo, que tmnando por base lo

estipulado con la

referí.da

casa, pida, en el dia,

.propuestas cerradas que la mejoren, haciendo

la convocatoria en el Perú

y

en Europa, por el

término de cuatro meses, y nombre una junta

que reciba, abra

y

con su informe le remita di–

chas propuestas, para que, el Supremo Gobier–

no, adjudique la negociacion al inejor propo–

nente, ó á la casa contratante,

Cfi,SO

de no

haber mejora alguna: previniéndose

l.':

Que

el comprador no siéndolo _la casa Dreyfus, en–

tregará á ésta, y al contado, en dinero

ó

en le–

tras sobre Europa, el in1porte de las anticipa-.