vil'tud do
este
el'miso,
empleó
la.
compañia
ercoida s
8u urns
c 11
la, obra: del u ·o <le
es ta
no
lrn
gozado
mas que
dos año.·.
¿Se
1:1
despojará
de
un <lererho adquirido,
sin
que ella a<lqniera in–
mediata.mente el nuevo d er echo d e r echrn1ar la indern n izacion
·de su8 capitale.
y
de <laños
y
p erjui cios
iue le
caivcn
con el
rlespojo? Con hacer presente esta, circunstancia el cornrrci0
d el Calhw no se h a erigido en abogado do los inglc.· es, ni m e–
rece que ·e lo rlirij an irn1n·op erios,
.·ino que .·o l e a.gradezca
su interés patriótico en procm·ar que la co ·a.s se provean
y
arreglen oportunamente para que no sobrevengan conflictos
al Gobierno
y
gravámenes al T esoro, mientras
r1 u e 108 d e–
fensores de Templeman
y
B ergurnn , muo tran. con 81.l indi g –
n acion
y
declamacion es, que
na.da.l es irnporta,n los reclamos
de la compañia in g l esa s i
o
clirij e11 contra el Gobierno que
será el respon sabl e, cua.mlo el contr ato del muelle esté
üün–
cluido
y
los empresarios en el di sfru to ele su s ganancias . El
Tesoro del P erú pagará á la compa ni a .in g l esa.,
y
l o.:; comer–
ciantes,
ó
sean los consumidores, enri()uecerán
á
la, casa em–
pre. ·ari a, pues, pa.r a qué entonces mover avispero8 que
<.lén
en que refl exionar al Presidente de
la
República
y
á
su 1\li–
n
istl'o de Hacienda? E sta es cosa que
llO
se puede penlornw
al comercio del Ca.llao ,
y
por e. o se l e ha castigad.o
lla.rnán–
<lole entr e otras <.:o::;a::;,
abogado ele nionopoli8tas
y
contraban–
di
tas.
Con el mism o derecho que el autor (
ó
los autoto8 del artí–
cu lo) atribuye
á
los
ajentes del Callao
un vivo
in ter és en
frn::;–
tntr la obra del muelle-dársena por con"ervar
;ibusos
y
aun
delitos, podriarnoH decir nosotros que lo .. scñore::;
~l1emplemau,
Bergman
y
e~
están v ivame nte intere.'r\,(1o.·
Gll
~tpoclorarse
de
la empr esa pa1·a hacer como dueno.·
del
muelle ésta
ó
~tquell a.
m a niobra en pró
d
sus car gamento s
y
en perjuicio d e
h
Jrn–
cien<la pública, en daSio d e los derna. comen:iantc.
y
en
el.a–
no especialmente de l os consurn iclo1· ·: p<ti'a. probado no::;
bas–
ta.ria, con un
retorc¡Heo
de l o.
mismo:-; e:wgumentm; qu'
:e
han
empleado contra
el
l'OlllC're;io
el.elCa.11 ao~
porque . i
fue ra
c ier–
to q u e este
se
emp eiht
en fru."tni.1·
la
emp r esa
porque
a.8Í e;on–
viene
á
s u s inter e e · ego ístas ¿qué ra.zon habría para, <hular
ele que s iendo mas antiguo el empeno
y
mas tenaz la porfia
rle Ja
casa
ern pres~,ria.
p ara. reali?iarla,,
no
fneRe tam
bien
nu1,-