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el
1
1gra virrÍ1eh
,ilJe;i
la ·
ense,–
,iianza
pablica,
-10·
que fuese posible dd os
iq.necorréspohdan
a
parrimrlare:s:{ anquis-i•
e
iones
hechas
por
lds Regulares,.estr.afui.
dos,
por
medio
de sus
granged.as, econci-
'
.
.
'.
'
mia ,
y
negoc1ac10nes ; o por
otras
vias ,
sin carga
6
gi:avamen deteyrminado ; 0 .del
sobrante ' cleduddas cargas,
o
y
endose
al
los
O rdi na rios,
a
los Comisioaados ,
y
a
los
Pueblos mismos, por
lo
que puedan con–
t'ribuir sus- luces ,
y
el
conocimiento
praéti–
co de Ja
·necesidad
o
conveniencia
publica¡,
·
~egun
las
difererítes Provincias,
la calidad
dé los. Lugares ;
y
las
circunstancias.
•
...
·
XXXVI. , Como fa educacjon
de
la
juventud no se debe limitar
a
los varones··,
por necesitar las niñas tarnbien de enseñaa–
za , como que han de ser madres de
fa..
milia ' siendo
cierto
¡
que
el
modo dd
for..
mar buenas ccmumbres depende princi–
palmente de la educaciem primaria ,
con
cuy.ó
conocimiento algunos. virtuosos
Va..
§
1. 2.
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