h
PROVINCIA
manda trasladar
la
Parroquial de
San Salvador,
como lo h
pretendido su aél:ual Párroco, con la obligacion de cumpl
las cargas espirituales fundadas en el Colegio.
3 La antigua Iglesia de
San Salvador
se reducirá, con
la
autoridad ,
y
ritos Eclesiásticos ,
á
lugar profano ,
fa–
bricándose en ella casas habitables ; cuyo prnduél:o quede
á
beneficio de la Fábrica formal de la Parroquia trasla–
dada ,
y
aplicando
á
esta los Ornamentos,
y
Vasos Sagra..
dos que necesite, se distribuirán los <lemas del modo
aco~
dado por regla general.
Caz orla.
1
por
Real resolucion ,
á
Consulta del Consejo Real en
Sala primera de Gobierno de
1
~
de
A gosto
de
1768 ,
se
b.á
permutado este Colegio , en la Diócesis de
Guadix,
por
el Convento de Religiosos Carmelitas Descalzos de la
Penue–
la
,
para el uso de la Parrnquialidad,
y
otros , de la nu =va
poblacion de
Sierra rnorena
,
con todos sus efeél:os ; prece–
diendo las tasacione$ , Inventarios, consentimiento ,
y
Es–
crituras correspondientes, por ser necesario el Edificio de
la
Pefiuela
para los referidos fines, cuya permuta ,
y
trasla–
cion se halla
yá
efeél:uada.
Cnnstantina.
1
LA
Residencia que fue de los Regulares de
la
Compa-
ñia de
Con~tantina,
Arzobispado de
Sevilla,
se apli–
ca por Real resoluc10n,
á
Consulta de
i6
de
Mayo
de este año,
para la Escuela de primeras Letras, con habitacion del Maes–
tro,
y
facultad de recibir Pupilos.
'l
Se reserva á el Consejo , en Sala primera de Gobierno,
Ja
inspeccion de erigir Cátedra de Latinidad , á costa de los
propios de la Villa, y Pheblos de su inmediacion, por ser
escasas las T emporalidades.
3 El Oratorio se profanará, con los ritos, ceremonias,
y
autoridad del Ordinario, si fue re necesario, repartiéndose
los Ornamentos por el muy Reverendo Cardenal Arzobis–
--"'>.a.._.a.~ci=r.d.o
enn
1
r.omi$ionado.
entre las Parroquias