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P R OV I N C I
/1
-
l¡i C asa de Pension ,
ó
Se¡njn;i rio Secular, que se h á de res-.
rnplecer en la ¡nis111a Ciu,;\ad de
Calatayud.
-':
Se apliq para
e r~ccion
de Bospicio en aquella Ciu–
dad , que sirva
á
beneficio de todo el Obispado de
Tara–
-;;ona
,
la.C<\sa de recreacioo que perteneció. al Seminario
de Nobles que babia
~n aqu~lta
Ciudad,
y
estaba
á
car·
go
~e
!os
Regul~res ~J'pulsos,
Seminario de Calatayutl.
s
El edificio de este Seminario, que dirigfan los Regu·
lares expulsos,
l;lá
venido S.
M,
á
Consulta de
11
.de .Mayo
de es
re
año, en destinarle, en la parte que comprende lo que
es fábrica nueva, para establecimiento de
Pensiónista~,
cou.
las enseñanzas de Gramática , Retórica ,
y
demas que pa- .
recieren convenientes,
y
puedan dotarse competenterpenre,
paracuyos exercicios,
y
<lemas de su uso, quedan agrega–
d.aslas Aulas, Capilla,
y
Teatro.
6Para dotacion de los Maestros se consignan,
y
seña·
lan las
'2
30
libras que pag;i la Ciudad, lo que ban coptribuí- .
do para el m ismo
fin.
los Revere.ndos Obispos de
Tarazana, ·
y
las rentas destinadas por el
P~
R oque Gila,
con lo <lemas ,
que pudiere proporcion_a_rse. ·
.
·
· ·
7
F n el mismo Seminario,
ó
Casa de Pensic n .se man- .
dan establecer dos Direétores eclesiás ticos,
y
pa ra
Sll
dota–
cion se les a plica el cumplimiento de pías Memorias qu e
ha–
bía fund:idas en la Iglesia del Colegio de
que!
P ueblo ; in–
cluyéndose la Mision food ada
p
r
D • .Josef de Beraneche:
A
los Direéiores , y para subsistencia del Se!llinario , se apli–
can tambien los fo ndos de las Congregaciones de Seglares
que exístit ren en
el
referido C olegio, que se hán declarado
extinguidas
~or
runto general.
.
.
.
.
ll
La fábnca ;intigua del mismo Seminario·,
y
las rentas
de
~u
primitiva fund;icioo, que le dexaron
los
Reverendos
O b16pos
D. Dfeg_o de
'(~pes
,
y
D. Diego Castejon, se
man- ,
dan entregar a d1spos1c10n del Reverendo Obispo aélnal de
Tarazana ,
y
sns sucesores, para
Ja
direcci0n,
y
gobierno
d~ ! Cn r: ~iétorio,
fu ndado por aque llos Prelados , en el modp ,
que
tubier por justo, quedando libre la comun i.cacion, us9·,
·
.Y
concurren cia de
los
Con viélores á las expresadas Aulas, :·,
Teatro,
y
Capilla.