Gr(lus.
1
LA
Casa
de Residencia que ocuparon los
Regular~$ t:~·
'pulsos en aquella Villa , há resuelto S. M,
á
Consul–
fa de
11
de
Mayo
del mismo año , se destine
á
el estableci–
miento de una Casa de pension p¡ua Jóvenes, y habitaciones
para Maestros de primeras Letras , Gn¡mática , y Retórica;
formándose las j\ulas c:orrespondientes ;
y
para dotacion ele
dichos Maestros se há señal_ado lo que contribuja el Ay4nta·
mienio de la misma Villa y lo que quedare sobrnnte de
agll,~·
llas Tempor¡ilidades , satisfechas las Pensiones de lp¡¡
lnqi–
viduos de aquella Casa, y las demas
carga~.
'.1 •
La Iglesia, separad¡¡ del resto del edificio, se encarga
su cuidado, en calidad de Aqyutriz de Ja .Parroquia, á dos
Eclesiásticos seculares, que como Direél:ores de la Casarle
Pension, se hán de establecer en ella : _consignándoseles pa·
ra su dotacion el cumplimiento de Memorias de la misína
Iglesia , incluyendo las de Misiones, esrablecidas por la Fµa-,
dacion , y por otras disposiciones posteriores : contribqyép.,.
d~e
por estas con ei estipeodio.señaladQ.
Lugar de SanGuin.
·-----:-------
1
DE
la Casa
d~
Residencia que tenian
los~Regulares ~¡p.
pulsos ea este Pueblo, há
v~nido
S.
M,
á
Cop,syl~a
de
1ó
de
Mayo
de este año , en conceder la parre que sea ne–
cesaria de aquel edificio ·para Aula de primeras L etr<1s ,
y
habiracion de un Maestro correspondiente , quedando para
su do racion lo sobrante de aquel terret:io , que deberá redu–
cirse
á
fábrica
d~
C:é!Sas ,
y
lo demas que se
coµ~ign<}§e
sobre
el produél:o de T emporalidades.
z
Se ffi (!OQa trasladará la Iglesia de la misma
(;asa ,
s~-r.
parada del re to del Edificiq, 'la Parro.quiÍ;I del mismo Lugar,
cumpliéndose en ella Jas cargas .espirituales que
bt;bler~
fuµ–
dadas :
·conc~diétl,do$e
j_gq?lmeote á benefició de
la~
r,eot_a'.$
de la Fá'brJc'! de
J¡¡
_rpi~mª P~rroquia
el terreno que esta
<t<;U–
pa,
para que despye$de reducirse
á
lug~r
profano, por au–
toridad del Re verendo Obispo de aquell? Diócesi,
~e
dispon-