Previous Page  677 / 696 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 677 / 696 Next Page
Page Background

-~III-

Decretado el remate, si no hubiese a.pelacion,

y

en caso de haberla: si se confirma la resolu–

cion del J ucz, dispondrá este que se dén tres

pregones de nueve en nueve dias; y que se anun–

cie en los diarios del lugar; y al fin de este pla–

zo se procederá

á

enagenar el inmueble

á

favor

del mejor postor, aunque no cubra los dos ter–

cios de su valor.

El valor del fundo se calculará segun la base

fijada en el artículo 15.º, sin necesidad de mas

tasacion.

El comprador está obligado á pagar al Banco

las anualidades debidas, el interés penal y los

gastos que hubiese, á tasacion del Juez. Hechos

estos pagos, el comprador se sostituye en los

derechos y obligaciones del deudor primitivo.