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Permitiendo la instrucción o.ue ministraban los procesos for–
mados, expedir su última resolución. los remití todo a la Real
Sala dei Crimen con la. atendible ?:>revención de C!Ue se viesen
con preferencia a otra cualesQuiera Causa, habilitando aún los
días feriados. Efectivamente, haviéndolo así verificado, expidió
este Tribunal contra ellos la Sentencia que consta en la copia
No. 1 condenando a los principales Reos, Mariano Condorcan–
qui, conocido por Túpa-Amaro,
y
Andres Mendigure en destierro
perpetl'lo de estos Reynos,
y
v.
que por diez años sirvan en
las Reales obras del Presidio a que S. M. los destinase. En
la
.Pena del destierro es igualmente comprendido Fernando Con–
dorcanqui (Túpac-Amaro), hermano de aquél,
y
por .::onsiguien–
te hijo del difunto vil,
y
Principal Rebelde José Gabriel, por
combenir su destierro de estos Dominios.
En conformidad de esta resolución pidió
la
Real Sala se apro–
vechase la O!lortunidad de los Navíos de Guerra que regresan
.a
España,
y
efectivamente quedan embarcados en ellos. La es–
trechez del tiemvo no permite remitir a V. E. los testimonios
de las Causas con que debía acompañarlos,
y
en estos términos
va únicamente la Copia del testimonio de la Sentencia que com–
prehende el mencionado No.
l.
El mismo Tribunal, con pleno conocimiento del daño que
pueden causar estos Reos a la quietud de los dominios de S. M.
halló por importante al Estado, no fixarles Presidio en Africa,
ni otro que este expuesto a fugas, según comprueba la Copia
No. 2, atendiendo a que si por algún inesperado accidente la
consiguiesen
y
se apoderase de esta iniqua familia alguna Po–
tencia enemiga de S. M., podría perturbar la tranquilidad de
su soberano ánimo
y
la de estos Dominios; con este respecto
espero se sirva V. E. proponer a S. M. el oue tubiere por com–
beniente, comprendiendo también, en él a - Juan Condorcanqui
(Túpac-Amaro) Hermano del difundo Diego Cristóval que por
reincidente en el delito de sublevación, e inmediato a la fingida,
é ilusa familia de los Túpa-Amaros merese
la
misma considera–
,ción que la de los tres reos ya referidos. Todo pues espero se
sirva V. E. elevar a la Real noticia de S. M. para que en in–
teligencia de lo obrado, se digne su soberano ánimo providenciar
lo que fuere más de su Real agrado.
Nuestro Señor guarde a V. S. muchos años como deseo.-Li–
ma lo. de Abril de 1784.-Excmo. señor.-Besa las manos de
V. E. su más atento
y
devoto serivdor.-Agustín de Jáuregui.
-Excmo. Señor Don José Gálvez."