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c1enes , De:i.nes,
y
Cabildos de fas
Igl~sia s
ivietro¡:ioiitanao; ,
~-ca:
thedral s , en sede vacante , Visitadores·' Provisores , y Vicarios,
y
á
los
Superiores de todas las Orden s Regulares, Mendicantes,"y
J\1onacales ,
y
demás Prelados , y Jueces Eclesiásticos , de estos
nuestros Reynos, observen la expresada resolucion tom:.id:t por el
nuestro
Cons~jo
, en Auto de once de este mes ,
y
concurran por
su parte
á
que Ja tenga efi:B:ivamente en· todas
las
que conti;:ne,
sin permitir con ningun pretexto su fa lta de cumplim iento, por .
convenir así á nuestro Real Servicio. Y mandamos á los
Pre;id~n·
tes
y
Oídores de nuestras Chancillerías y Audiencias , Asistente,
Corregidores,
y
demás Jueces, y Justicias de estos nuestros Reynos,
guarden , cumplan , y executen asimismo Ja citada resolucion en
sus respeétivos Paniclos, Distritos,
y
Jurisdicciones, sin contrave:–
nirJa, ni consentir en manera algun,a su inobservancia; ántes
bi.en~para su entero cumplimiento , darán , y harán se dén las providen–
cias que se requieran. Que así es nuestra voluntad ; y que al tras–
lado. impreso de esta nuestra Carta , firmado de Don Juan de Pe–
ñuelas, nuestro Escribano de Cámara , y de Gobierno , pór Jo to–
cante
á
los Reynos de la Corona de Aragon , se le dé Ja misma fe
y
crédito , que á su original. Dada en Madrid
á
veinte y tres de
Mayo de mil setecientos sesenta
y
siete.
EL Conde de Aranda•
.
~
Don Andrés de Maravér.
=:
Don 'Jacinto de Tudó.
=
Don Josef lYia·
1Jitel Dominguez.
=:
Don Pedro de Leon
y
Escandon.
=:
Yo
D . Juan
de Peñuelas
, Escribano de Cámara del Rey nuestro Señor ,
la
fiice
escribir por su mandado , con acuerdo de los de su Consejo. Re,gis–
rrada. ::::
D. N icolas Verdugo.
=:
Teniente de Canciller mayor.
=
D. M"colás Verdugo .
XXXIX.
CARTA CIRCULAR
,
CON LA QUE SE REMITEN A LÓS
Comisionados
,
que entienden en la ocupacion de Temporalidades de
los J esuitas
,
la R ealProvision de 5 de OC1ubre
,
que trata de los Es–
tudios de primeras Letras
,
Gramática
,
y R et frica
;
y Real Cédula
de
7
del mismo
,
sobre la continuacion de los pleytos pendientes en los
Tribunales Reales ·, en que tenían .i.nterés las Casas de los R egulares
de la Compañia.
DE Orden del Consejo, remito
á
V. la Real Provision de cinco de