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para clexar ineficáz lo mandado; pues se miraría como reprehensi–
ble semejante conduB:a, y responsable de sus resultas el que por ta–
les medios expusiese á desgrae iarse las R eales Ordenes '; y asi todo
su ahinco y aplicacion se ha de esforzará llevarlas á debido efeB:o,
con vigor , prudencia, y secreto , no fiando este negocio, sino á los
muy precisos ,
y
disponiendo, que en un mismo dia , 6 pocos de di–
ferencia , segun las distancias , se cumpla lo mandado en los Cole–
gios y Casas de la
Compañia
de su distrito; enviando Pliegos cerra–
.dos con Carta remisiva ,
y
prevencion en ella de no abrirlos hasta
la
víspera del día , que se prefijase para la execucion.
XH
La distancia no permite se consulte sobre la práB:ica;
y
así los Virreyes , Presidentes,
6
Gobernadores respeB:ivos, sin
fah
tar al espíritu de la Orden , serán árbitros , en todo el ámbito de su
mándo , de proporcimiar el cumplimiento por medios equivalen.,.
tes,
6
añadir las .Precauciones que estimáren ;
conduciendos~
COQ
firmeza é integridad , por tratarse del Real Servicio en punto que
las omisiones serian de gravedad.
XIII De la Instruccion que acompaña , formada para
España,
.<l!_ducirá cad'! Executor lo que sea aplicable en aquel · parage de su
Comision , de manera que por ella, ésta , y lo que diB:áse el juicio
de cada uno , baxo el mismo espíritu , se llegue al complemento
cabal de la Expulsion , convinanclo las precaucio'nes y reglas con Ja
decencia y buen trato de los Indhriduos, que naturalmente se pres–
tarán con resignacion , sin dác motivo para que el Real desagra–
do tenga que manifestarse en otra forma;
6
usando
Jo~
Virreyes,.
Presidentes , Gobernadores , y Corregidores <le
la fuerza , que en
'caso necesario sería indispensable ; porque no se puede desistir de
esta execucion , ni retardarla con pretextos. Sobre lo qual cada uno
en su mándo tomará en sí la deliberacion opórtuna, sin consultarla
á
España
,
sino para participarla despues de praB:icada. Madrid,
primero de Marzo de mil setecientos sesenta y siete.
IX
LISTA DE LOS COLEGIOS; CASAS , T
~ESIDENCIAS
de los Regulares de la
Compañía
del nombre de
Jesus ;
en las
Indias
, Occidentales ,
é
I slas Filipinas.
"-----· -------- California•• • , •••
Misiones.
Provincia de Nueva España.
Campeche.