,, bieron
y
estimaron
pertenecerles
la
so..
,, benma
disposicion
en uso de la
reg ~dia
,,
que
Va
demostrada
>
y
han
Usado
,, desde
los
principios
de la MfJnarquia.
,, Fwe <m tanto
grado
consrame
la.
,, resolucion de i.mestros
R~yes
;. que ha-·
,, biendo
el
Señor Don Juan
d
Primero
,, hecho en
Guadalaxara
la
Ley
,
que
hoy_
,, es
I •
del
t
1t.
5.
lib.
l
r
de la
R.
ecopila–
,,.
cion
,
parnque ninguna persona ocupa...
,, se los Diezmos de las Iglesias , sin mos–
,, trar el trruio
6
derecho
qne
tuviese;
,_, esta religiosa p}edad no le
imprdr.0
que
,,. se acordase de sus
regallas en los
Bie·
,, nes de
los
Templari os)
y
de
con:ir
qua l..
,.. quiera turbaciun que pudiese introducir..
,., se coatz;a dlas
a
la sombr:i
de
la
mis~
,, ma
Ley ;
y
asi
previno
li
1
reraimente :
,,
Per.o es n-ues.tra m erced, que esto no
,,
se entienda en/os Bienes que fueron de
,,
los Templarios.
, , a
Si la Corona de CastiHa
jamas
,
~
tolero
que disuelto el Cuerpo de aque-o
,., lla