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,, bieron

y

estimaron

pertenecerles

la

so..

,, benma

disposicion

en uso de la

reg ~dia

,,

que

Va

demostrada

>

y

han

Usado

,, desde

los

principios

de la MfJnarquia.

,, Fwe <m tanto

grado

consrame

la.

,, resolucion de i.mestros

R~yes

;. que ha-·

,, biendo

el

Señor Don Juan

d

Primero

,, hecho en

Guadalaxara

la

Ley

,

que

hoy_

,, es

I •

del

t

1t.

5.

lib.

l

r

de la

R.

ecopila–

,,.

cion

,

parnque ninguna persona ocupa...

,, se los Diezmos de las Iglesias , sin mos–

,, trar el trruio

6

derecho

qne

tuviese;

,_, esta religiosa p}edad no le

imprdr.0

que

,,. se acordase de sus

regallas en los

Bie·

,, nes de

los

Templari os)

y

de

con:ir

qua l..

,.. quiera turbaciun que pudiese introducir..

,., se coatz;a dlas

a

la sombr:i

de

la

mis~

,, ma

Ley ;

y

asi

previno

li

1

reraimente :

,,

Per.o es n-ues.tra m erced, que esto no

,,

se entienda en/os Bienes que fueron de

,,

los Templarios.

, , a

Si la Corona de CastiHa

jamas

,

~

tolero

que disuelto el Cuerpo de aque-o

,., lla