,,,
. exuañado~v~
ni
su~
TemporalidtaNes.ocu–
" parlas
por afgnn
delirn
· con::r~
fa
5obe–
,, ranla
d~[
Pr1ndpe
s~cular ' ;
y ·e.S
·tan
sus.
,, tancial esta: ;
diferencia,, que· no debe ot.
,, vidarse
ni
separarse de
la
co11srderacion.
,, de qualqoiera
que haya de·
di·scurrfr
so..
,, lidamemc:
en cs1a
matería-.
,, Sin
cn1b<lrga
pues
de una dispa.
,, ridad tan notable , se observa
qne
en
,, aqud taso
~
el
ti:empo de
poblica-r
Cle.
,, mente
Quimo· en et Concilio de
Vien~
,, del Delfinado la
extincion
de
los
Tem ...
,, plarios,
y
de
aplicar,
sus Casas
y
Bie·
,, nes
a
la
Orden de S. Juan , se excep·
,, ruaron
expresamente
los
que
e.,t:istian
,,
en fo5
Reynof
y
Tievraí
(
as'i dice
el
,, Papa en
aquella
fan:iosa Sentencia
o
Cons–
" tirucion)
de nuestro> car'tsimos Hijos
,;
en
Christo
los
Reyes
ilustres
de
Castill.i,
, , Aragob , Ponugal ,
y
Mallorca ,
los
,,
qut:1les
t1cordamos exceptuar
y
excluir
,,
de la
r~ferida
donacion, concesion, union
'·
~' aplic¡s_~f~'fJ
!.
incorporll~ion
y
11nexion.
•
-
1
~
Aun..