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93'
·~rtuLO
v.
DEL
PROTECTOR.
CoNsrrTuc10N
l.
.
U
NO de los Señores Ministros de es–
ta Real Audiencia
sera.
PrnteB:or del Con.
viétorio , .
a
cleccion
de este
Superior
Go~
bierno,
y
por esta razon
debed
propende¡;,
a
su mayor lustre
y
decoro,
y
a
qne se
man~
te ngan en su mayor vigor
y
observancia
todos sus
Estatutos : informando en caso
necesario
a
este Superior
Gobierno
los abusos
y
excesos que no pudiese remediar por
s1mis–
mo:
a
cuyo fin
procurara
tener
conocimiento
de su direccion
y
manejo por aquellos me.·
dios que le
diél:~se
su prudern::ia.
CoNSTITUClON
n.
A
L
6n de cada año ,
Ó
antes
si
lo
-tuviese
per
conveniente este Superior Go–
bier no,
pasara
a
hacer una Viska exalta
y
·prol!xa
de
sus Remas
y
Admini straciones ,.
·o