~
Provision de
S
de
O étnbre
de
1767 , (9)
tres Catedras de Lati.–
n.idad ,
y
quatro Magisterios de primeras L etras.
·
11
Las pdmeras están establecidas en el que llaman
Cole–
gi9 Viejo de
Montrech~l,
que fue dé los Regulares de la Com·
pdnia
,
y
las quatro ensenanzas de primet·as Letras, ,repartí-·
da.sen las quatro partes
,
ó
barrios de la Ciudad en Casas'
propias de las Temporalidades, para mayoi• utilidad comum.
(9)
Colee.
P.
1.
n.
36.
pág.
9.1.
Villanueva de los Infantes.
l
'A
Consulta de
l 1
de
Mayo
de este año' há resuelto
..
·
S. M aplica r la Residencia, ó Casa , que fue de los
Reg,niares en aquella Villa , Cabeza del,
Campo de Montiel ,
ter.ritorio de la
Orden de Santiago
,
para establecer en ella
Aulas , y habitaciones parn Maestros de pri.meras Letras, La–
tinidad ,
y
Retórica ; contribuyendo la Villa con lo que has·
ta abora haya acostumbrado, señalándose el Honorario que
sin exceder de él, deban lleva r los Maestros
á
los Discípulos.
'2
Reun iendo tambien para su dotacéon los Estudios pro–
hibidos , ó erigidos contra Ley, de cuyo punto se tratará en
hi·SaJa primera de Gobierno del Consejo;
• 3
·si hubiere Orato rio
allí
establecido se profanará, sien–
do necesa rio , con los ritos , y ceremonias acostumbradas•
• 4
En Ja I glesia Parroquial se cumplirán las cargas espiri- '
tuales de ob!igacion de aquella Residencia.
·
·
.
5
Y
los Ornamentós,
y
Vasos Sa.grado·s qne hubiere, ·se
distribuirán por el Juez Proteétor de
la~ ~glesias
de· las Qr·
de11es Militares, de a<;uerdo con el CornlSlonado, entre Par·
roquias pobres de aquel territorio: prefiriendo las mas nece-
sitadas.
.
.
:
.
.
·
.. · ·
.
,
1
A
Este Colegio ',
é
Iglesia, en
'él
Obispado de
Cuenca, ·
por resolucion de
S. M,
á Consulta del Consejo de
16
de
May o
de es te año, se''t.r?.Sla<l,a. el Monasterio de Reli–
giosas de la Concepcion de 'fa
mi§ma
Villa, en aquella parte
de
yi vieodas n;glares ,
y
Oficinas necesarias para su cóm-
_
_
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