CASTILLA.
'l7
Cédula de
14
de
.Agorto
de
1768 , (6)
rara Seminario de
Mi–
~ioneros
de una
de
las dos
Américar,
como
vá
expresado en
l.a no,ticia de apljcacion del Colegio de
L oyola,
Diócesi de
Pampl<5na ·: cmnplíéndose- eñtl'etantó en su Tglesía 1-as car–
g~s
espirituales
!"nndada~,
segun
se
executa con arreglo á la
Circular .de
.10
de
Enero
de este añq. ·
(6)
Colee.
P. :..
n.
8.
p~g.
,!J.
Zamo'Y'a•
. J
A
Consul.tadel Consejo , de
~8
de
Mvio.
dél mismo
.
año, resolvió
S. M.
destinar aquel Colegí.o para Se...
rnina"rio
ad
formam Concilii:
í:eniendo presenre el'Revere-n'do
Obi~po,
á
el tiempo "e .eriglrle, lo . prev.enido por su's ante·
cesores en la
~isrna
Silla los Reverendos
Don Francisco,
y
DonJorefZapata.
' ·
•
•
:>.
La Iglesia se dexa libre al Cura de
Santa Eulalia
,
á
quieQ pertenece, sobre la
q~e
tenia,pJeyto,pendiente con los
Regulares ex:patriádos.
··
· ·' . ·
·
.
. 3
Los Maestros,
y
·Direétores
del
Seminario
cdrñplir~Itl
igualmente en ella las cargas.
espirituale~
que hubiese
fon·
dadas.
.
·
·
.
·
· ·,
4
El
Reverenció Obispo dexará e'n
fa
níisma, los'
Oróá!~
:
... mentos,
y
Vasos Sagrados, que coqtemple necesarios,
y
re–
partfrá los sobrantes c'omo ºestá resuelto por punto ge·rieral.
5 ·
Los eteB:os de las H ermandades -,
ó
Congregacfones,
fundadas en ella,
y
declaradas éxtinguidas pot providencia
general, se appcan á beneficio del Seminario• ..
', 6El Expediente original de
A
plicadon,
libra~as
1as
Cé·
d.ul;as., .Y.Déspa,chos
~orl'.espondie ntes
al
cumplimiento de
Jore.suelto, se deberán pasar al Consejo, en Sala pri.mera
de·
Gobierrlb ,- adonde ·ccir'responde l
a proteccion de "estos
Semincr1<io,1J
lÍ0-1'
~
ey.es.del: Reyno ;
y.
.
1.Jn.testimoni0 .en Re•
laC!ion
á
la Gfmara , par¡¡, 9u,e eó a_qpel Supren:10 .J'ribunal
promueva el
1
Reverer1db'-0orspo el Real cons'e'nuhnento .rara
la~ ur1fones'\ie,Prés'tr,im~s
,,6
Benencio.s; .qae propon'ga eh
fa.
vor del mismo Seminario• .
7
Des'de lue·go 'sé ma1fda· erífregar'li Bó'tica
<¡u·e~.
r'en'ilüi'
a
1
lí
los
Regol<JTes• expntsos
ál
Ht>s-piital
:~eneral
1
de
Zrzmo"ª~"
~omun