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D E CA S TI L L A.

l

1

viC/crio Cai·olino

;en

melnoria de nuestro Augusto Sobera–

no CARLOS III, al 'cargo

y

direccion ele nn Reél:or, gra–

duado por aquella Universidad, en qualquiera de las facul–

tades m ;iyores, nombrado por S. M. á propuesta del Clans·

tro pleno.

.

. ·

4'

Se establece cierto número de Plazas para Alumnos,

que tendrán Jugar como,vJlya n y-acando las ren tas de Jos

Colegios de

San A mbrosio

y

San Ignacio ,

por la extincion

de las annuid2des que se satisfacen á Jos Regulares,

y

se

.dedicarán al estudio de Lenguas orientales, (ocurriendo

á

la falta de Colegio Trilingue , gue expedme nta aquella Uni–

versidad) Medicina

y

·Matemáticas : Pre.<>entará S.M. las

Plazas de Conviél:ures de púmei:o , erítrando ademas,

y

por

de contado, los Pensionistas que cupieren.

s

Desde luego se destinarán al Real

Convi8lorio

los

l6y

reales de renta que tiene el.Colegio de

San Ambrosio,

paga–

.das -sus cargas , para la COfilServacion del edificio, y lo mas

urgente 0e él,

manrenj~hdo,se

por ahlora todos los Convic-

tores á su costa,

, ,

.

6

E n

la

obra nueva inmediata á este Colegio, con sepa–

racion de lo que se destine al

Com1iClorio,

sin comunicacion

alguna, se reuni rán

los Hospitales de E sgueba, y Conva–

lecencia , llamado el Rosario.

7 A la Iglesia , se parada de uno y otro edificio con pa–

red divisoria , se manda-trasladar la Parroquia de

San Esté–

ban ,

reduciéndo e la anti gua

á

lugar profano, con los ritos,

y

auto ridad ordinaria Eclesiástica; labrándose en ella ca–

sas ,

t'í

otros

e~i fi cios

reditnables, á beneficio de la Fábrica

de esta Parroqu)a.

J.

. 8i. El Hosp,ital

d~

c9nvqJecencia del Rosario se destina

.par<1;

el S_eo1inario Co9ci'li_ar , entregándose al Reverendo

Obispo á este eft:él:o.

San Ignacio•

. 9 Este Edifki.o

s~

ap,lica para Hospicio general de aque–

lla Ciudad , que aél:ualmen te se halla en casi¡. alquilcada:

en

él se dest.inanín.gua r:tos, 6 : habitaciones, para colocar los

n iños de

Sai; ¡Jlas,

y

los ·qu e Jlarn a1;1,Dotrinos , residentes

t n laGuari za,,con aplicacionyunion desus casasy rentas

al m ismo Hospicio.

•. 10

A. b~n

.ficio de este quedarán los dos edificios vacan–

tes

)3ra que fo hri ue el Hospicio casas. óiles dé otras

anli¡