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26

_PRQ V IN_CI4

á las Aulas , se erij a

LJn

S~nünariQJ~.a-ra

l¡i_ecjt1ca'ªi9ry, de la Ju-

venrnd, que se de$tine

á

el .Sace rdocio.

-

3 Las n es ra rtes .de los. f\_lumn9s.l}eben

s~r

del Obispado

de

.-'htorga,

y

la qna_rta de la Abadía

de

VN/(1-franca,

mante–

niéndose por ahora á sq coste. ,

4

Se dirigirá el Seminario por un Reél:or eclesiástico se–

cula r, que en qualquiera vacante nom!Jrará S. M, para

evi–

tar disputas entre las

Dignida~e.s_

Episcopal,

y

Abacial.

5 Sir establecerán los-Maestros necesarios de Moral, Li-

turgif , Dis"cip!ína

~

é Hi_sroria

eclesi ás~i~a.

.

6 Estos cumphrán las

carna~

espmtuales. fundc¡das ·en

aquel Colegio en la Iglesia de

é l:

sirv~é ndoles

.de parte de

dotacion la limosna con que se les· contribuya ;

y

exfihgui•

das fas

·pens~one.s

6

a11nu~dades

de los

Regular~s

éxpulsos, ·

se atenderá con sus rentas á

los

Maestros

:

y

entretanto se

providenciará en Sala primera _de

Gob,iern~

aet _Co_nsejo,

á.

Consulta con S.

JYi,,

~9l?re

l_qs n;iediqs

inte1)11?~,

_para que

florezca este Semmano en un Pars tan falto de msrrucdon.

7 A la iglesia del Coit,gio , 'separada con pared diviso•

ria, se' bá,de trasladar la l'a rroguia de

San Nicolas.

·

8 Í;og . fo_ndos destirpdds -para .

r~edificar e~ta ·P~rroql!Ía

se convert irán en la dotacion del Sem .nario, con citacion '

y

anuenc,ia

de.lo~

.nte

resad.os

: t:uyo punto se trat¡¡rá en

-ia·

Sala pri.meia

d~

G opjernb ,_donde pepde E xpediente, que

tiene reiacion con él,

9

P~or

el OrdiOario Ec;lesiást'iFo de

Vill'afranca

se arry- ·

glarfo

las funciones del Párroco de

San Nícólas ,

y

el cúrn–

plirnien to de cargas por los Maestros de l Seminario, de

modo que se evite toda disputa.

10

Y

dexando

á

la

referí.da

Iglesia lC?s Ornamen tos ,

y

Va–

sos

S~gra_dos

qu,e

n~ces.ite

1!.

~e

.

~s_t ri_l;>uirá ~.l ~esto

por

~lJuez

Ecle. 1ást1co de

V1ll<J-franca,

áe acue1do ·éon "el C ó11s10na·

~o,

en tre las

Parr_oquia~

pobres de la Villa,

y

Abadía ,

pre;-

finendo á

la_~

mas rnd1gen res,

· •

' . . -.

1

ESte

raqde Colfgj5i,

gie i.a,

en.el

b.1spado d_e Pa-

lencia, está desti ado, por resolucion de S.

NI

á

C.oo.sulca del Consejo, refou .a en

el

Articulo 27 de la Real