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L as Cargas espirituales se cumplirán, en lo sucr.esivo,
p'or el .Cura ,
y
Beneficiados de ella;
y
dexándola los Orna–
mentos, V<.sos S.1g rados, y alhajas de Sacristía que necesite
para un decente culto, se repartirá el sobrante como está re–
suelto por punto general.
Salamanca.
1
su
Magestad, á Consulta del Consejo de
2r
de
Mayo
-
de este año,
se
há servido declarar, que este Cole–
gio, é Iglesia , de fund acion
y
dotacion del Señor REY
Don Felipe
lll,
y
Dona Margarita de Austria ,
son del efec–
tivo Patronato de la Corona ,
y
pertenecen á la libre, y ple–
na disposicion de S.M.
2
Se há dignado resolver que en aquel singular Colegio,
por su extension y magnificencia, se establezcan los Alum–
nos
Irlandeses
de los Colegios de todo el Reyno, que por
otra Real Resolucion se deben reunir en
Salamanca ,
mante–
niendose de sus rentas propias.
3 Se há de es tablecer tambien un Real
Convictorio Caro–
lino,
en perpetua memoria del augusto nombre de S. M, en
que ademas de los Pensionistas se hán de dotar sesenta Indi–
viduos, que se dediquen á estudiar las L enguas Orientales,
Teología Dogmática , Medicina ,
y
Matemáticas, ponién–
dose
su
régimen al cargo de un Direétor , que sea D oétor de
la Universidad en qualquiera de las facultades de T eología,
Cánones, Leyes , ó Medicina , que há de nombrar S. M,
á
Consulta de la Cámara ,
y
propuesta del Claustro pleno.
4
Tendrán en el Real
ConviClorio
seis plazas los Natura–
les- de la Diócesi de
Salamanca,
y
en las <lemas podrán en–
trar de todos los Dominios de S.M.
5 Por ahora é ínterin, desembarazadas las Temporalida·
des de las pensiones ó annnidades, con que contribuyen á los
Regulares expatriados, tienen lugar las referidas Plazas, se
mantendrán los Individuos del Real
ConviClorio
á su costa en
calidad de Pensionistas , aplicándose á el
ConviClorio
las an–
nuidades como vayan vaca!1do : manteniendo
á
los Convic–
tores
Rl
paso que se verifiquen las vacantes, cuyas Plazas
proveerá S. M.
6 Pero desde luego se destinará alguna cantidad para la
cqnservacion del Edificio, dotacion del Direétor del Con–
v-iel:orio Real,
y
salarios de Subdlternos.