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.._'VI --

consumiclo1·

a

unos

empresarios

que

están en

camino

de ha–

cer un inmenso capital.

Las necesidades del comercio se ha. demostrado que ha··

bria,n quedado satisfechas con

la corn;trnccion del muelle

que estc1ba bien avanzada.

Supongamos que la dársena

fuera tarnbien <le alguna utilidad: en estas dos obras se em–

plea,rán dos millones de soles poco mas

ó

ménos. Las uti–

lidades debieran en tal

ca.so

ser proporciouales al capital em–

pleacto, sin necesidad

de la

m.iclusiva por el dilatado término

de

60

año. ; pel'O ya hornos vísto un millon por una parte, el

va,lor del impuesto por otra, las demas concesiones en 8egui–

cla,

y

últirnam(nte la empresa del rnalecon, que por sí solo

pue<le producir un ingente capital.

Todavía

hay

otra consideracion que bien merece ser aten–

dida por los HH. Representantes de la N acion. En el final

de la cláusula

6~

de la escritura, se previene á la casa empre–

.·aria que la obra clel muelle Re ejecutará "ele manera que

pneclan cornenza,r

á

;J,tracar buque , términa,do el primer auo.»

Esta prevencion prnporcionará

á

lo.· emprosa1·io:-; ventaja

incalculabl e8 . Está á la yjsta que la parte del nuevo muelle

construido con loR fondos do la. N acion, eonstanclo

ya

de rrrn8

ele ochenta yarda.· lin eales do estension, no requiero sino un

peqneno gasto pa,ra que puedan atrac1n buques para. s u des–

carga., ele ma,nei·a que con esta base

y

los fondos ele la Na–

cion, puede muy bien la casa ele Bei·gman entrar en ol goce

de los derechos que ol Gobierno ha impuesto en favo1· suyo,

dando por resultatlo nn privilegio de 63 años.

Ahorn, bien: para compr ender la estension de este derecho,

bastará ver lo dos 8iguientes cuadros, el primero ele 108 cua–

les

i·epre~enta

la eno1·mida,cl <lo los gastos que ca<la huque y

8U

ca1·ga,mento tonchia que hacer en el puerto del Callao,

comparado con lo que hoy se gasta;

y

el segundo el prnducto

n,nual del rendimiento de dicho derecho.

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